La Asignación Universal por Hijo no es tan universal

La asignación universal por hijo, tal como está vigente, no parece ser tan universal. A pesar que la semana pasada se formalizó la inclusión en el beneficio a los monotributistas, el Decreto 593 pone una condición que no todos se encuentran en condiciones de cumplir.

El artículo 3, de ese decreto, establece que para poder obtener el beneficio los contribuyentes tienen que encontrarse al día en sus cuotas mensuales del Monotributo. No es así para los empleados y demás beneficiarios de la AUH, que cobran el salario familiar y la asignación universal sin ese tipo de control.

Actualmente, es difícil que todos los pequeños contribuyentes se encuentren sin deudas, es probable que adeuden cuotas correspondientes a los períodos en que no tuvieron facturación, por eso sería justo que el derecho al cobro de la asignación que beneficia a sus hijos no se encuentre condicionada e influida con esa situación.

En la página Web de la ANSES están los pasos que deben darse para saber cómo acceder a los beneficios. Pero como la condición que se pone es estar al día en el Monotributo, antes que nada convendría visitar la página Web de la AFIP para conocer el estado de deuda, ingresando con el CUIT y la Clave Fiscal en la opción denominada “Cuenta Corriente Monotributo”.

Detectada la deuda habría que abonarla al contado o incluirla en un plan de facilidades de pago de la AFIP, en donde se la podrá cancelar en hasta 20 cuotas, no menores a $500 cada una.

Guía para realizar el trámite

1. Ingresar a la sección ANSES, con el CUIT y Clave de Seguridad social. Si no se posee esa clave, se la puede generar ahí mismo sin necesidad de concurrir al Organismo.

2. Desde la página de ANSES hay que hacer clic en el ícono de Relaciones Familiares.

3. Luego deben completarse los datos de domicilio particular, teléfono de contacto y dirección de correo electrónico.

4. Después hay que revisar que los datos personales y del grupo familiar estén completos, correctos y en estado de acreditado. Si los datos no se encuentran acreditados hay que concurrir a cualquier delegación de ANSES, sin tramitar turno previo, llevando la siguiente documentación: original y copia de los DNI de los padres y de los hijos; partida de nacimiento original y copia; constancia de CBU, emitida por el Banco, en donde consten los datos del titular.

5. Por último, hay que elegir el lugar de pago, desde el sitio Web de la AFIP.

Qué se cobra:

El cobro rige a partir del mes de mayo y comprende:

a) Asignación por Hijo

b) Asignación por Hijo con Discapacidad

c) Asignación Prenatal

d) Asignación por Ayuda Escolar Anual para la educación inicial, primaria y secundaria.

Hijo y prenatal: categorías B a F $ 966; G $ 649; H $ 390 e I $ 199.

Asignación por hijo con discapacidad: categorías B a F $ 3.150; G $ 2.227 y H a L: $ 1.404.

Asignación por ayuda escolar anual: categoría B a I $ 808.

Asignación por ayuda escolar anual por hijo con discapacidad: categorías B a L $ 808.

Los contribuyentes autónomos no pueden acceder al cobro de la asignación universal por hijo.

El argumento es que ya tienen el beneficio al poder descontar a los hijos en el Impuesto a las Ganancias. Sin embargo, para los que no pagan el impuesto por no haber logrado utilidades anuales quedan vedados de cobrar la asignación y se los termina de alguna manera discriminando del beneficio. De esta manera, esta justa asignación por hijo todavía no termina siendo del todo “universal”.