Diputados ampliaría la figura del arrepentido en casos de corrupción

El miércoles, la Cámara baja debatirá el proyecto que extiende el instituto a causas de asociación ilícita y delitos contra el Código Aduanero

Esta semana, la Cámara de Diputados buscará aprobar los cambios que introdujo el Senado al proyecto que amplía la figura del arrepentido a los delitos contra el Código Aduanero, asociación ilícita, corrupción, contrabando, prostitución, pornografía infantil y formación de monopolios. Esta figura ya existe para los delitos de privación ilegítima de la libertad, trata de personas, secuestros extorsivos, lavado de dinero, terrorismo y narcotráfico. A pesar de que el Frente Renovador había intentado que se aplicara para delitos de lesa humanidad, esto fue modificado porque los organismos de Derechos Humanos lo vieron como un atajo para garantizar impunidad.

El proyecto busca reducir las condenas a los imputados que brinden información comprobable sobre investigaciones de distintos delitos, entre ellos la corrupción. En ningún caso este colaborador judicial podrá ser eximido de prisión y el beneficio solo será otorgado en caso de que los datos que proporcione estén referidos a delitos tipificados, con una pena igual o mayor a la suya. En este marco, si el arrepentido tuviera una condena a prisión perpetua, la reducción no podría ser mayor a 15 años.

El escrito también determina que el acuerdo de colaboración deberá celebrarse exclusivamente entre el fiscal y las personas que brinden información. 

El proyecto recibió dictamen el jueves pasado en las comisiones de Legislación Penal, que dirige la radical jujeña Gabriela Burgos, y de Seguridad Interior, a cargo de Luis Petri (UCR-Mendoza), donde se respaldaron las modificaciones que introdujo el Senado al escrito, que había sido aprobado en Diputados semanas atrás.

Entre las reformas que hicieron los legisladores de la Cámara alta, el cambio más importante es una cláusula según la cual el arrepentimiento del imputado solo será reconocido si se produce antes de la elevación a juicio oral de la causa. 

También se agregó un apartado que establece que el imputado puede acogerse al beneficio en un proceso penal del que es parte, señalando a personas con su misma responsabilidad o mayor. Además, solo podrá referirse a situaciones en las que hubiera estado involucrado y nunca a declaraciones de terceros.

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