El diario Hoy recusó a inspectores y funcionarios de la AFIP

Luego de la denuncia penal presentada contra Echegaray y funcionarios de la Agencia 2 de la AFIP de La Plata, el diario Hoy solicitó que se designe a personal de otra división regional para realizar las inspecciones. Advierten que está en riesgo la garantía de independencia e imparcialidad

El equipo de letrados del diario Hoy presentó un pedido de recusación con causa en la jefatura de la Agencia Nº 2 de la AFIP en La Plata para que aparten a tres inspectores designados para auditar a la empresa que edita nuestro periódico y que han sido denunciados penalmente en los tribunales federales.

La medida se sustenta en el hecho de que  Hoy -el pasado 28 de octubre- denunció en el Juzgado Federal en Penal y Correccional Nº 1 de La Plata a la cúpula de la AFIP, con Ricardo Echegaray a la cabeza, y a otros funcionarios e inspectores que están involucrados en los operativos de apriete contra el diario y su directora, la señora Myriam Renée Chávez de Balcedo. El último ataque se instrumentó el pasado 14 de octubre. Ese día Hoy publicó un informe sobre los procedimientos del organismo recaudador que fueron calcados de las normativas de la dictadura chilena de Augusto Pinochet y del gobierno de Margaret Thatcher, lo que motivó que el mismo 14 de octubre –al anochecer- llegara una notificación a la redacción del diario para exigir el pago de un tributo que ya había sido abonado. Eso no fue todo: 48 horas más tarde se comunicó que se realizará una nueva inspección contra Edigráfica SA, la empresa que edita el diario Hoy

En el escrito presentado ayer se solicita “el apartamiento de los inspectores Sres. Cr. Raúl Alfredo Martínez Gómez – Legajo N° 33.720/69 y Cr. Antonio Leonardo Pascuale, Legajo N° 35.344/58, como asimismo del Cont. Público Jorge Gustavo Arce, jefe interino de la División de Fiscalización Nº 1, por haber sido denunciados penalmente el 28 de Octubre de 2014, ante el Juzgado Federal Nº 1, Secretaria 3, a cargo del Dr.  Adolfo Gabino Ziulu”.

“Entendiendo que se encuentra seriamente comprometidas las garantías de imparcialidad e independencia de quien ordena la Fiscalización, como la de los inspectores actuantes, solicito al Sr. Jefe de Agencia Sede N° 2, disponga el apartamiento de los mencionados, y se designe nuevos inspectores y jefe de fiscalización para llevar a pago el procedimiento iniciado en contra de mi mandante, de ser posible con funcionarios de otra División Regional, a efectos de asegurar la garantía de independencia e imparcialidad de los funcionarios actuantes, que se ve conculcada por la actuación de los designados, quienes han sido objeto de cuestionamiento en sede penal por Edigráfica S.A”, remarca el escrito.

“La recusación se funda en la existencia de razones legítimas para considerar que existen circunstancias suficientes que, por su gravedad, afectan los principios de objetividad, legalidad y oficialidad de los funcionarios que pretendemos apartar. Lo cual derramará necesariamente hacia la imparcialidad de la investigación”, agrega el pedido de recusación.

Entre los argumentos jurídicos que sustentan la solicitud, se remarca que la Corte Suprema en el precedente “Santillán” estableció: “…todo aquel a quien la ley reconoce personería para actuar en juicio en defensa de sus derechos está amparado por la garantía del debido proceso legal consagrada por el art. 18 de la Constitución Nacional, que asegura a todos los litigantes por igual el derecho a obtener una sentencia fundada previo juicio y llevado en legal forma. Y si bien el presente no es un proceso judicial, debe asegurarse al administrado/contribuyente, las mismas garantías, cuando se esta poniendo en juego su capacidad contributiva, y se está impugnando sus declaraciones juradas legalmente presentadas, en debido tiempo y forma”.

El equipo de letrados del diario Hoy también consignó: “todo inspector tributario puede ser recusado con causa, cuando en su proceder excede los límites que autorizan su accionar. Ello está demostrado en las actuaciones anteriores que le han cabido a los mencionados en los procesos iniciados en contra la directora del diario Hoy y que han sido relatados in extenso en la denuncia penal formulada”.

Otro de los argumentos esgrimidos es que el derecho a recusar al inspector encuentra sustento legal en el artículo 6º de la ley de procedimientos administrativos.  “Igualmente es un derecho – y la directora del diario Hoy lo ha ejercido -  el de denunciar penalmente a funcionarios por violación de los deberes de funcionario público y extorsión ante supuesto de arbitrarias mediciones de los hechos imponibles que realizan a priori, como auténticos ´dibujos´ en los llamados informes de inspección, en forma sumarísima, manu militare y sin recabar los antecedentes de cada caso.  En más de una ocasión dichos informes están incursos en las conductas disvaliosas reprimidas por los artículos 248, 266 y sus concordantes del Código Penal, es decir, en violación de los deberes de funcionarios públicos y extorsión respectivamente”.

“No existe un plano de igualdad”

En el pedido de recusación también se consigna que “las conductas que se han observado en las fiscalizaciones dispuestas por la Dirección Regional La Plata de la AFIP en nada contribuyen a una buena relación "Fisco-contribuyente", la cual es el principal pilar del cumplimiento voluntario de la obligación tributaria. Toda la protección legal del contribuyente está reducida como consecuencia de dichas conductas disvaliosas de la administración, lo que permite afirmar que no existe un plano de igualdad entre la demanda de percibir impuestos y los derechos del contribuyente”.

Noticias Relacionadas