El Gobierno quiere que los jubilados paguen el impuesto a las Ganancias

Desde la Anses señalaron que apelarán el fallo dictado por la Cámara Federal de la Seguridad Social que declaró inconstitucional el pago del gravamen por parte de los adultos mayores. La decisión final quedará en manos de la Corte Suprema de Justicia

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) informó ayer que apelará el fallo que declaró inconstitucional el pago del impuesto a las Ganancias para jubilados y pensionados. El titular del organismo, Emilio Basavilbaso, señaló que “hay un sistema de seguridad social que tiene que ser cubierto de alguna forma”, por lo cual la resolución del caso quedará en manos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La determinación judicial que benefició a unos 300.000 adultos mayores se conoció el martes, cuando la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social declaró inconstitucional el artículo 79 de la Ley de impuesto a las Ganancias y el artículo 115 de la Ley de Jubilaciones, en cuanto al alcance del pago del tributo para los jubilados y pensionados. Ello generó la reacción del Gobierno nacional.

Basavilbaso intentó justificar la intención de la administración macrista de que los abuelos sigan pagando este tributo, al señalar que a partir de las modificaciones introducidas “se redujo fuertemente la cantidad de jubilados” que hacen frente a ese impuesto.

“La Justicia debe establecer si la ley que votó el Congreso el año pasado se va a cumplir o cómo sigue la historia para adelante”, agregó el titular de la Anses. “Me encantaría que nadie pague, pero hay un sistema de seguridad social que tiene que ser cubierto de alguna forma”, completó. 

Argumentos sin objeciones

Los jueces Nora Carmen Dorado y Luis René Herrero  tomaron la decisión de considerar inconstitucional la aplicación del gravamen a los jubilados, indicando que el cobro que perciben todos los meses los adultos mayores no es Ganancia, no es una retribución por una actividad, no es una renta y tampoco un beneficio sino un ingreso financiado por los aportes efectuados durante la etapa activa.

El pronunciamiento judicial se generó a raíz de una presentación efectuada por Leonardo Gualberto Cardenale, a quien le descontaron el impuesto a las Ganancias cuando cobró una sentencia de reajuste de haberes.

El juez Herrero sostuvo en su fundamento que “la Corte Suprema definió que la jubilación debe tener una proporción justa y razonable con el ingreso de los activos, que tiene un carácter integral y es financiada con los aportes efectuados durante la etapa activa”.

En consecuencia, sostuvo que “resultaría a todas luces contradictorio reconocer que los beneficios previsionales están protegidos por la garantía de integridad, proporcionalidad y sustitutividad que consagra la Ley Suprema, y a la vez tipificarlos como una renta, enriquecimiento, rendimiento o ganancia gravada por el propio Estado, que es el máximo responsable de velar por la vigencia y efectividad de esos principios constitucionales”.

“Sería una flagrante injusticia que un jubilado esté exento de tributar el impuesto a las Ganancias como trabajador y obligado a sufragarlo como jubilado”, sintetizó.

Por su parte, la jueza Dorado argumentó que corresponde “proteger la cuantía de los haberes previsionales de cualquier quita o disminución que resulte confiscatoria” y que “cuando exista una norma que se contraponga con tal claro principio, debe ser revisada y desestimada”.

“Al considerar la jubilación como un reintegro o débito social, aplicar el impuesto sobre los aportes efectuados en vida activa y repetir la tributación sobre los mismos aportes al devolverlos en forma de beneficio previsional produce agravio a diversas garantías constitucionales”, señaló la magistrada por medio de su dictamen.

Voces a favor del fallo

Luego de conocida la determinación de la Cámara Federal de la Seguridad Social, la diputada nacional Mirta Tundis, especialista en temas previsionales, pidió que “desde el Gobierno tomen conciencia de que los jubilados no tienen que pagar impuesto a las Ganancias”.

Por otra parte, el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez se mostró de “acuerdo con el fallo porque la Sala II de la Cámara de la Seguridad Social y el juez Herrero siguen dictando fallos en donde lo que hacen es una interpretación y aplicación concreta y real de la Constitución”.

“Nuestra Constitución en el artículo 14 bis establece que existe como deber del Estado una protección integral e irrenunciable de la seguridad social. Bajo ningún punto de vista se puede considerar que un jubilado genera una actividad que pueda estar gravada porque no hay enriquecimiento ni renta”, sostuvo Gil Domínguez.

Carrió presentó un proyecto en contra de lo expuesto por Anses

Los diputados por la Coalición Cívica ARI, Elisa Carrió y Fernando Sánchez, presentaron ayer un proyecto de ley para que  se derogue todo tipo de excepción al pago del impuesto a las Ganancias para todos los miembros del Poder Judicial y del Ministerio Público de la Nación, de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En el marco de la misma iniciativa también exceptúa del pago de este impuesto a las jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie. 

La líder de la Coalición Cívica se mostró de acuerdo con el fallo de la Cámara Federal de la Seguridad Social que exceptúa a los jubilados del tributo. La propuesta presentada por los legisladores nacionales plantea la eliminación de “toda retención en concepto de ganancias, respecto de las jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen en el trabajo personal, toda vez que resulta injusto y excesivamente gravoso que quienes han tributado ganancias durante su vida laboral, lo deban hacer durante su retiro”.

La presentación podría generar algún cortocircuito entre Carrió y los sectores del Pro dentro del oficialismo, ya que, si bien Mauricio Macri reglamentará, cuando vuelva de su viaje por Asia, la ley que obliga al pago de Ganancias a los nuevos jueces y empleados judiciales, por otro lado, el Gobierno a través de la Anses, apelará el fallo que exime a los jubilados.

En un comunicado emitido por Carrió y Sánchez, argumentaron que la sanción de la nueva Ley de impuesto a las Ganancias, aprobada en diciembre del año pasado por el Congreso Nacional, “ha quedado a mitad de camino” en algunos puntos.

Los diputados remarcaron que, además de generar una situación de desigualdad ante la ley, “eximir de Ganancias a jueces y empleados del Poder Judicial le cuesta al Estado más de 5.000 millones de pesos por año, según la Ley de Presupuesto 2017”. 

El proyecto afirma que “para que no se interprete de forma maniquea la legislación, como se ha hecho, y se respete y cumpla la voluntad del legislador, que es quien tiene la facultad exclusiva de imponer o modificar contribuciones (artículo 75 inciso 2 de la Constitución Nacional), se dispone expresamente, que deberán pagar ganancias los ingresos provenientes del desempeño de cargos públicos en los poderes Ejecutivo, Legislativo, Judicial y todo otro organismo del Estado, a nivel nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipales”.