Niegan a la Policía Bonaerense el derecho a sindicalizarse

Lo resolvió la Corte Suprema en un fallo dividido. La decisión fue avalada por tres jueces. Los otros dos se mostraron a favor de permitirle a la fuerza de seguridad tener un gremio

En un fallo dividido, la Corte Suprema de Justicia resolvió ayer que la Policía de la Provincia de Buenos Aires no posee un derecho colectivo a sindicalizarse, al confirmar la decisión del Ministerio de Trabajo de la Nación, que había rechazado la solicitud de inscripción del gremio. La decisión fue avalada por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Carlos Rosenkrantz, mientras que se expresaron en contra los magistrados Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti.

El máximo tribunal resolvió sobre el tema de la sindicalización policial “luego de examinar el debate constituyente de la Convención de 1957, los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ratificados por la Argentina y el tratamiento constitucional y legislativo posterior que el país dio” a la cuestión.

“La Corte también examinó los tratados internacionales de jerarquía constitucional y sostuvo que, si bien dichos tratados reconocen en principio ese derecho a las fuerzas policiales, también permiten que la legislación interna de cada país restrinja o incluso prohíba el ejercicio de derechos sindicales”, señaló el tribunal en un comunicado. Además, recordó que en este caso “la Provincia de Buenos Aires prohibió de modo expreso, mediante una ley y su decreto reglamentario, la sindicalización de la Policía” e indicó que “dicha prohibición es, a la luz de la Constitución Nacional y los tratados internacionales, constitucionalmente válida”.

La resolución de la Corte Suprema confirmó la decisión del Ministerio de Trabajo de la Nación que había denegado el pedido de inscripción del Sindicato Policial Buenos Aires en el registro de la Ley de Asociaciones Sindicales.

Los dos supremos disidentes

En disidencia, Maqueda consideró que los policías bonaerenses están facultados para formar un sindicato y que el mismo debía ser habilitado para actuar como tal mediante su inscripción en el registro especial de las asociaciones profesionales que lleva el Ministerio de Trabajo de la Nación.

Según Maqueda, los policías pueden formar un sindicato que represente sus intereses, pero ello no implica el ejercicio del derecho de huelga, “pues las medidas de acción gremial directa son absolutamente incompatibles con el régimen jerárquico y disciplinario que caracteriza a toda fuerza de seguridad”.

Para el supremo, “la posibilidad de que los policías formaran sindicatos fue contemplada por los Pactos Internacionales sobre Derechos Humanos que fueron celebrados a partir de mediados de la década de 1960 e incorporados al texto de la Constitución Nacional por la reforma de 1994”.

Por su parte, Rosatti evaluó que el derecho a sindicalizarse del personal policial bonaerense surge de modo directo del artículo 14 bis de la CN, sin otro requisito -tal como lo establece dicha cláusula- que su inscripción en un registro especial.

En sus argumentos, el magistrado aclaró que la posibilidad constitucional de sindicarse “no contempla, en este caso, el ejercicio del derecho de huelga, pues resulta necesario articular los intereses del sector con los de la sociedad, tal como ocurre con otras actividades que son igualmente importantes para garantizar la seguridad y la calidad de vida de la población”.

Apelarán ante la Corte Interamericana 

Desde el sindicato de la Policía de la  Provincia de Buenos Aires, Sipoba, le indicaron a Hoy que apelarán ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos el fallo que les negó el derecho a conformar el gremio. 

“El fallo dice que la Ley de Personal 13.982 impide la sindicalización y eso es mentira. En ningún artículo de nuestra Ley está escrito que no nos podemos sindicalizar”, explicó una de las autoridades de Sipoba.

“Es una resolución netamente política. No tiene sustento legal, lo que nos habilita a apelar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, agregó la misma fuente, al cuestionar a tres de los cinco jueces supremos del país.