Siguen reclamando a la Justicia por sus dólares

Lo que dejó la crisis de 2001: siguen las demandas contra la pesificación

A 15 años de haberse anunciado el paso a pesos de las deudas en dólares, la Justicia aún sigue recibiendo planteos de gente que quiere recuperar su divisa extranjera. Tras el fallo de la Corte Suprema en 2004, ahora los magistrados de primera instancia se dividen entre la inconstitucionalidad de la norma y la prescripción de los reclamos

"Quien depositó dólares, recibirá dólares”, había enfatizado el 2 de enero de 2002 el entonces presidente Eduardo Duhalde, intentando calmar los ánimos de gran parte de la sociedad, ya que ese mismo día, mientras se sentía el cimbronazo de la gran crisis iniciada en 2001, se anunciaba el fin de la convertibilidad mediante el decreto 214. El uno a uno instaurado en 1991 pasaba a ser historia y la moneda nacional comenzaba a cotizar 1,40 respecto del dólar. Hoy se encuentra por encima de los $15.

Marta Mónica Capalbo es la titular del Juzgado Civil y Comercial de San Isidro desde 2009. Tuvo causas relacionadas con el tema planteado y, en diálogo con diario Hoy, recordó el difícil escenario de 2001. 

“Hubo en su momento, en forma inmediata a la crisis del país, distintos planteos y el famoso reajuste equitativo”, comentó la jueza. Respecto de la enorme cantidad de presentaciones judiciales que se registraron, de las cuales algunas aún persisten en la actualidad, la magistrada señaló que están en instancias de cámara. “He tenido muchas audiencias y hubo gente que ha fallecido porque se ha hecho mucha mala sangre con eso, gente a la que le agarró un ataque cardíaco de repente porque quebró”, relató. 

El eje temporal

Con referencia al momento en que inició una demanda y la posterior caducidad de la ley para poder reclamar dólares, Capalbo sostuvo: “A veces no es tan simple la determinación de la normativa aplicable. En la sede penal se encuentra lo que se denomina el impacto de la ley penal más benigna. Pero el tema de la aplicación de la ley y el tiempo no es algo tan sencillo”.

“Lo normal es que se hagan por el tiempo en que ocurrieron. Si vos habías firmado que le prestabas a una persona X cantidad de dólares y te los tenía que devolver, a partir de un incumplimiento disponías de un tiempo de prescripción para reclamar. Seguramente, podría llegar a tener diez años, que era el término general que regía: diez años por toda deuda”, agregó la jueza. 

En este marco, señaló: “Por ahí, en una hipótesis de exageración, en 2010 todavía se estaba reclamando una deuda. Tal vez la persona estaba esperando que se aclarara el panorama, porque al principio la gente no sabía para dónde agarrar. Y los tiempos a veces se corren un poco. Es complejo el tema”.

En marzo de 2017, la Cámara Federal de La Plata revocó un fallo del Juzgado Federal de Lomas de Zamora que, dos años antes, había ordenado al Banco Comafi pagarle 11.000 dólares a la damnificada, haciendo referencia a la pesificación de la Ley de Convertibilidad. El representante legal de la entidad bancaria apeló, argumentando la prescripción de los diez años que establecía la norma para reclamar los dólares que la persona había depositado, y los camaristas federales le dieron la razón a este último. 

Esta última causa describe “el reclamo más común, que era aferrarse a la moneda de origen, pero justamente después se dictó la Ley de Pesificación, que arguye motivos de orden público, circunstancias excepcionales y demás; y cambia esa temática por otra norma”, recordó la magistrada. Añadió que la modificación de la Ley de Convertibilidad “le puso un fin con esa coyuntura”. 

La jueza mencionó que al principio, con el decreto que permitió la pesificación, “se hablaba de la chance de un reajuste equitativo. Ahí se le daba al juez una facultad, porque evidentemente el cambio era muy abrupto entre haber dado dólares y recibir pesos a 1,40. Entonces había una posibilidad de un incidente posterior para tratar de equilibrar un poco las contraprestaciones, y eso fue lo que a la Justicia le dio algún espacio para tratar de balancear los platillos”. Por último, indicó: “Era muy complicado porque en algún punto veías la injusticia, pero también veías la grave situación que había atravesado el país”. 

Fallos a favor y en contra

Si bien en agosto de 2004 la Corte Suprema de Justicia de la Nación falló a favor de la pesificación en general, y de los títulos públicos en particular, al rechazar una sentencia de la Cámara en lo Contencioso Administrativo que ordenaba el pago en dólares de una serie de bonos, lo cierto es que las demandas continuaron. En este marco, Marta Mónica Capalbo, titular del Juzgado Civil y Comercial de San Isidro, explicó que eso “está poniendo de manifiesto los tiempos que insume debatir una cuestión en la Justicia en esta época, todavía cuando estamos en el sistema papel y nuestros códigos son de hace muchos años”. 

En noviembre de 2014, por ejemplo, el juez Marcelo López Alfonsín, titular del Juzgado nº 18 en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de Capital Federal, falló a favor de indemnizar a una mujer que se accidentó en diciembre de 2001, al argumentar que las normas que prohíben la indexación son irrazonables, puesto que desconocen la realidad económica, a la vez que declaró inconstitucionales los artículos 7º y 10° de la Ley Nº 23.928 de Convertibilidad. 

Dos años antes de esa resolución, el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner había impulsado fuertemente la pesificación de los contratos y deudas en dólares, mientras que en el terreno judicial el Banco Nación decidió tomar las deudas y asumir un rol hasta en el expediente.