Margarita tuvo que llegar a la Corte para acceder a información oficial

La Corte Suprema reiteró ayer por unanimidad que el Estado Nacional se encuentra obligado a garantizar el acceso a la información pública, en el marco de un recurso de amparo presentado por Margarita Stolbizer, quien pedía informes sobre un programa del ministerio de Justicia.

La presentación fue hecha en procura de información sobre el Programa de Desarrollo Territorial de Políticas Públicas. Puntualmente, Stolbizer pretendía que la cartera que conduce Julio Alak "detallara cuál era la competencia y el presupuesto asignado" a ese programa, "quién era su coordinador así como el personal que se desempeñaba en él". 

También había requerido datos sobre los sueldos que se abonaban y la dependencia donde funcionaba el programa.

Tanto el juez en lo Contencioso Administrativo Federal, Ernesto Marinelli, cuanto la Sala III de la Cámara de ese fuero hicieron lugar a lo solicitado, por entender que Stolbizer tenía interés suficiente a los fines de acceder a la información y que los datos requeridos no comprometían el derecho a la intimidad de terceros ni se encontraban incluidos en las excepciones previstas por el ordenamiento para denegar el pedido.

Pero el Estado se negó a cumplir con la sentencia y, por ello, Stolbizer recurrió a la Corte Suprema. Ahora la Corte confirmó esa resolución.