11 años y 6 meses de prisión por violar a su hermana menor

El abuso ocurrió en febrero de 2016 en una vivienda del barrio Aeropuerto. El imputado le dijo a la joven que si contaba lo ocurrido iba a terminar preso y no volvería a ver a sus hijos

El Tribunal Oral en lo Criminal nº 1 de La Plata condenó a Ramiro Marini (27) a once años y seis meses de prisión, por haber abusado sexualmente de su hermana menor de edad en una vivienda del barrio Aeropuerto, en febrero de 2016.

“Tengo por acreditado que el día 23 de febrero de 2016, aproximadamente a las 6 horas, un sujeto masculino abusó sexualmente a su hermana de 13 años en una casa que juntos habitaban accediéndola carnalmente”, señaló Hernán Decastelli en su voto, al que adhirieron el presidente del TOC 1, Juan José Ruíz, y Santiago Paolini.

De acuerdo al relato de la madre de la víctima, la noche de los hechos, el imputado se marchó sin comunicarle su destino. Al otro día temprano fueron a buscarla dos de sus hijos, y le pidieron que los acompañara porque algo grave había pasado. En la casa de una de sus hijas estaba la menor abusada y el exesposo de la mujer, que le dijo que Marini había llegado a la madrugada borracho y drogado y había violado a la niña. Una vez realizada la denuncia, la menor fue revisada por el médico de la DDI que constató las lesiones. 

Declaraciones de la víctima

La joven fue derivada a la psicóloga Mercedes Rocío de la Mata, quien comentó que la menor “está muy mal. Se siente culpable de que su hermano esté preso. Recuerdo que, en una conversación telefónica en abril, su mamá me comentó que la víctima habría cambiado la versión”. La primera de ellas fue que el acusado “la había obligado a mantener una relación sexual con penetración. Luego de lo sucedido, el imputado le dijo que si contaba algo, iba a ir preso y no iba a ver nunca más a sus hijos, que son sobrinos de la menor”, agregó la profesional. 

Sobre este punto, la psicóloga recordó que la menor le contó que el acusado “le preguntó si había estado con un chico, y que si quería saber o sentir cómo se hace, nombrando el acto sexual como una obligación. Cuando hay incesto suele haber antecedentes, indicios anteriores”, y añadió: “En ningún momento tuve indicio o elemento que me hiciera pensar que la niña fabuló o que tuviera una estructuración psíquica que propicie que ella tenga alucinaciones o delirio respecto de una situación traumática”. 

Por ello, el Tribunal condenó por unanimidad a Marini a la pena de once años y seis meses de prisión, por los delitos de “abuso sexual con acceso carnal, agravados por ser cometido por el hermano, por tratarse de una menor de 18 años de edad y por la situación de convivencia preexistente”.

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