Ángeles Rawson: condenaron a un perito por violación de secretos

El juez Francisco Ponte condenó al perito Adolfo Méndez a seis meses de prisión y le fijó tres años de inhabilitación para ejercer por haber difundido información que debía permanecer secreta, en el marco de la investigación por el femicidio de Ángeles Rawson.

El 26 de agosto de 2013, Méndez participó de una entrevista telefónica en el canal C5N. El hombre había sido nombrado como perito de la defensa para formar parte de la junta médica que iba a realizarse los días 1, 17, 20, 22, 23 y 24 de agosto de 2013. El video de la entrevista fue exhibido en el debate.

La junta había sido ordenada por el juez de instrucción Javier Ríos para dilucidar ciertos aspectos en torno al crimen de Ángeles Rawson, ocurrido el 10 de junio de 2013. El acusado por el homicidio era Jorge Mangeri, el encargado del edificio donde vivía la adolescente en el barrio de Palermo.

Méndez reveló datos puntuales de las verificaciones periciales. Divulgó que la hora de muerte de la víctima estaría entre las diez de la mañana y las seis de la tarde, que la víctima había sangrado profusamente por la boca y que la Junta se expidió y dijo que la muerte fue por estrangulamiento en un solo acto (anoxia).

También, contó que Ángeles tenía un golpe de puño en la cara y que él creía que era una de las lesiones vitales y que probablemente la había colocado en estado de coma. Finalmente, con respecto a las lesiones que presentaba la víctima, aseguró que la perito ginecológica las señaló como compatibles con las de un ataque sexual pero que, en su opinión como perito, son también factibles con “prácticas sexuales consentidas de índole masoquista”.

Todos los datos que reveló debían permanecer secretos, de acuerdo a lo señalado en el artículo 266 del Código Procesal Penal de la Nación, que establece que el perito “deberá guardar reserva de todo lo que conociere con motivo de su actuación”. El fiscal aseguró que Méndez fue notificado de su deber de reserva tanto al momento de aceptar su cargo como perito, así como también cuando comenzó la junta médica.

Yapur aseguró que Méndez sabía y había sido informado específicamente de su deber de guardar secreto. Adjuntó un acta del Cuerpo Médico Forense del 9 de agosto de 2013 donde se impone el estricto deber de reserva previsto en el Código Procesal Penal.