Un caso emblemático de violencia de género: absolvieron a Reyna Maraz

La Sala VI del Tribunal de Casación Penal bonaerense absolvió a Reyna Maraz Bejarano, y de esta manera revocó la condena a prisión perpetua del Tribunal Oral Criminal Nº2 de Quilmes por el crimen de su marido, al entender que la mujer vivía en un contexto de violencia de género constante. 

“Frente a las irregularidades presentes en la causa, tales como la ausencia de intérprete de lengua quechua durante la mayor parte de la investigación en la que la imputada estuvo privada de su libertad, la falta de perspectivas de multiculturalidad, interculturalidad y género, la posible construcción de una culpabilidad por la ausencia de contextualización social y cultural, y las grandes y profundas contradicciones probatorias”, señalaron los magistrados de alzada. 

Casación destacó que “el derecho debe actuar en el entendimiento de la diversidad, buscando la integración y compatibilización de sus normas al crisol y multiplicidad de culturas que habitan en Argentina”.Y agregó que “la normativa y doctrina internacionales establecen la necesidad de efectuar cambios coyunturales en las leyes, pero también en la administración de justicia y sus operadores.”. 

Los jueces Ricardo Maidana y Mario Kohan se basaron, además, en el principio de la duda por considerar que “no existió el grado de certeza que requiere una condena”. El 28 de octubre de 2014 Reyna Maraz, de lengua quechua parlante, víctima de violencia de género dentro del ámbito familiar, analfabeta, de escasos recursos económicos e inmigrante de Bolivia, fue condenada por la muerte Limber Santos Villca. 

El Tribunal de Casación empleó una perspectiva de género por considerar que “quien resultara imputada pertenece a una minoría altamente vulnerada por su condición de mujer, sin escolaridad, integrante de un pueblo indígena y sometida a una estructura patriarcal familiar en la que también era sometida a violencia de género”.