Polémico fallo: no es delito tener marihuana en la cárcel para consumo

El fallo fue dividido. La Cámara Federal de Casación Penal consideró que no debe penarse la tenencia de droga dentro de la prisión si es para consumo personal

En un fallo dividido, la Cámara Federal de Casación Penal consideró que no debe penarse la tenencia de droga dentro de una cárcel cuando la cantidad secuestrada es para consumo personal del preso y  no afecta a terceros. Por tal motivo, revocó los procesamientos que se habían dictado contra varios internos. 

Los camaristas Alejandro Slokar y Angela Ledesma, y en disidencia Liliana Catucci, decidieron que en el caso era aplicable la doctrina de la Corte Suprema de Justicia en el caso "Arriola". En el mismo se favoreció la situación de un imputado por  tenencia de droga para consumo personal, siempre que la conducta no trascienda del ámbito íntimo o de privacidad y sin causar daño a terceros.

"La circunstancia de que la tenencia de estupefacientes para consumo personal esté dirigida a una persona detenida en un establecimiento penitenciario, no implica por sí solo que se haya producido un daño a bienes o derechos de terceros", indicó Slokar en el fallo, postura a la que adhirió  Ledesma.

La camarista Catucci votó en disidencia con sus colegas y advirtió  que  "sin perjuicio de la escasa cantidad de droga secuestrada, el ámbito carcelario donde fue incautada permite afirmar que la conducta que se investiga ha trascendido el ámbito privado protegido por el artículo 19 de la Constitución Nacional".