Revocaron un fallo que sobreseyó a un hombre que golpeó a su mujer

Lo resolvió el Tribunal de Casación provincial; consideró que la víctima retiró los cargos obligada por la situación de violencia de género ejercida por su concubino.

La Sala I del Tribunal de Casación Penal bonaerense revocó una sentencia que sobreseyó a Aníbal Jason López, quien golpeó a su mujer, a pesar que la víctima retiró los cargos, en el cual los magistrados consideraron que la víctima no lo hizo por decisión propia sino obligada por la situación de violencia en la que se hallaba. 

El 7 de julio del año 2016, los jueces integrantes de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Junín, a pedido de la defensa, resolvieron revocar la sentencia dictada por el Juzgado de Garantías n° 3 local y, en consecuencia ordenaron el sobreseimiento de Jason Aníbal López, respecto del delito de lesiones leves agravadas.

Ante esto, el fiscal General Departamental, Juan Manuel Mastrorilli, dedujo recurso de Casación al considerar que “este tipo de delitos impiden ponderar la voluntad de la víctima, la que ha de reputarse inválida o no vinculante, puesto que la gravedad de los hechos pesquisados en supuestos de violencia de género, impide valorarlos como casos de interés particular o privado”.

En lo concreto, Mastrorilli señala que “la voluntad de la víctima se halla en la ocasión viciada o coaccionada y que la Cámara a quo no desarrolla los argumentos que permitan explicar cómo advierte la existencia de libre voluntad en la damnificada para receptar como válido su deseo de no instar la acción”. En su relato, la víctima recordó que su concubina la amenazó con prenderle fuego y luego la golpeó.

Para emitir un veredicto -al que adhirió Ricardo Maidana-, magistrado Daniel Carral señaló que la mujer “fue víctima del sometimiento que el denunciado hacía sobre su persona, como señaló ante la perito asistente social, que le impedía mantener relaciones sociales, amistosas y familiares, así como trabajar y estudiar. Además de las agresiones verbales y físicas denunciadas, lo expuesto no es otra cosa que violencia contra la mujer, que impide gravemente el goce de derechos y libertades en pie de igualdad con el hombre”. 

En el mismo, el magistrado mencionó las resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y el preámbulo de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer -Convención de Belém do Pará. Por ello, le revocaron el beneficio a Jason Lopez y ordenaron que cumpla la condena impuesta. 

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