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Cambio para la Asamblea: podrá participar el socio interior

Esto es una modificación importante ya que la Carta Magna del club, en su artículo 27, establece que pueden votar en las asambleas las socias y socios plenos y vitalicios.

El Clásico

24/10/2023 - 00:00hs

Por decisión unánime de la Comisión Directiva de Gimnasia, en el inicio de esta semana se determinó que el socio interior podrá participar y votar en la Asamblea Extraordinaria que se desarrollará este viernes a las 18:00 en la sede social ubicada en calle 4. Esto es una modificación importante ya que la Carta Magna del club, en su artículo 27, establece que pueden votar en las asambleas las socias y socios plenos y vitalicios.

De esta manera, con esta iniciativa, vale aclarar que los socios categoría interior deben tener los mínimos requisitos que socios plenos y vitalicios, por ende deben tener la cuota al día y antigüedad consecutiva e inmediata de al menos tres años. Así, salvo aquellos que hayan sido sancionados o estén en uso de licencia, podrán participar del acto democrático participando y votando este viernes por la tarde.

Mediante un comunicado en su página oficial, Gimnasia detalló: “Desde hace mucho tiempo se generó un uso y costumbre en Gimnasia, en donde a los llamados Socios Interior se les impedía asistir a las asambleas. Cabe destacar que Socio Interior nunca fue una categoría estatutaria, sino una división administrativa interna, cuya denominación específica es Pleno Interior”. Ante esta situación, la CD hizo lugar a una propuesta del dirigente Hernán Paladino, al considerar que “resulta necesario poner fin a una medida carente de sustento estatutario”.

Además, afirmaron: “Cabe destacar que los socios y socias del interior pagan una cuota inferior respecto a sus pares que viven en La Plata y alrededores dado que, por las distancias, tienen más dificultades para acceder a los servicios e instalaciones del club: mayores costos de transporte, tiempos de viajes, etc. El valor diferencial de la cuota social dada esas circunstancias, según la resolución de la CD, no debe resultar un impedimento para el ejercicio pleno de los derechos que están consagrados en nuestro Estatuto”.

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