Por primera vez autorizaron el cultivo de cannabis medicinal

Un juez federal de Salta aceptó el amparo por el caso de un menor con trastorno neurológico. El niño reaccionó bien al tratamiento con aceites derivados de esa planta

Interés General

06/03/2018 - 07:40hs

Por primera vez un juez federal dictó un fallo favorable, que marcará la historia de la medicina argentina, al reclamo de una familia para el cultivo de plantas de distintas cepas de cannabis para tratar a su hijo de seis años que padece una enfermedad llamada neurofibromatosis (NF1).

El magistrado de Salta, Julio Bavio, entendió el reclamo de esta madre que durante años tuvo que ser testigo de los dolores que el pequeño padeció por este trastorno neurológico, el cual causa la formación de tumores en la capa profunda de la piel, en los tejidos nerviosos del cerebro y la médula espinal, lo que puede provocar dolor, daño nervioso grave e incluso pérdida de funciones motrices. Sin embargo, con el uso de aceites derivados del cannabis el menor pudo paliar los malestares y mejorar su calidad de vida. Con este método alternativo, el menor dejó de tomar morfina y analgésicos muy potentes que tenían efectos adversos sobre su salud. 

El fallo sienta jurisprudencia al reclamo de cientos de familias de pacientes y organizaciones cannábicas. A partir del mismo, esta madre podrá cultivar 12 plantas adultas y 40 plantines de distintas cepas. 

El dictamen se basó en dos principios jurídicos: en primer lugar, en una interpretación del derecho a la vida que implica “el disfrute de la más alta salud posible”. En segundo lugar, está fundamentado en el artículo 19 de la Constitución Nacional, el cual establece que “las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados”, y “nadie será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe”. Ambos puntos le permitirán a esta madre plantar distintas cepas para producir el aceite de forma doméstica hasta tanto y en cuanto el Estado le provea los medicamentos que el menor necesita. 

Con la jurisprudencia ya sentada es probable que otros jueces federales sigan este ejemplo y sentencien de idéntico modo. 

Actualmente la legislación argentina sobre el uso de la marihuana para cuestiones medicinales o incluso para la recreación tienen un vacío legal importante. El 29 de marzo del año pasado, tras un largo debate, el Congreso Nacional aprobó la Ley 27.350, de Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados, pero no incluyó explícitamente el autocultivo.