El Gobierno vuelve a retocar el mega DNU con cambios en salud

Otorgará a los médicos la posibilidad de sugerir marcas comerciales en la receta y restringe la venta de medicamentos fuera de farmacias.

Política

22/01/2024 - 00:00hs

El Gobierno volverá a meter mano en el mega DNU que firmó el Presidente Javier Milei tras el reclamo del sector de profesionales de la salud. La administración liberal publicará un decreto para darles a los médicos la posibilidad de que puedan sugerir marcas comerciales en sus recetas.

A raíz de esta medida, el profesional podrá sugerir que la medicación recetada sea de algún laboratorio en particular, al tiempo que define que los establecimientos que no sean habilitados como farmacias solo podrán vender antiácidos y analgésicos.

El borrador del decreto, que trascendió en las últimas horas, indica que más allá de la sugerencia del profesional,el consumidor tiene derecho de “sustituir la misma por una especialidad medicinal de menor precio que contenga los mismos principios activos, concentración, forma farmacéutica y similar cantidad de unidades que el prescripto”.

Por otro lado, precisa que los comercios que no estén habilitados como farmacias solo podrán vender antiácidos y analgésicos, y deberán “poseer un espacio para almacenar las especialidades medicinales, separado e independiente de otros productos comercializados por el establecimiento, resguardado bajo llave y que reúna las condiciones de higiene, seguridad, limpieza, amplitud, luz y ventilación adecuadas”.

Asimismo, deberán acreditar su derecho sobre el inmueble de acuerdo con la legislación vigente y una póliza de seguro que cubra riegos de venta de productor farmacéuticos por una suma asegurada mínima equivalente a 750 salarios mínimos, vitales y móviles.

En este marco, el documento señala que los medicamentos de venta libre en establecimientos fuera de farmacia deberán ubicarse de un modo que la gente no pueda acceder directamente y lejos del alcance de los niños. A su vez, define que la temperatura máxima del establecimiento no podrá superar los 24 grados y que se encuentra prohibida la comercialización de especialidades medicinales a menores de 18 años.

“Queda prohibido el fraccionamiento del envase primario y secundario en todos los casos”, señala, y agrega: “Las droguerías podrán despachar únicamente al público recetas en las que se prescriba exclusivamente medicamentos oncológicos o los de tratamientos especiales listados por la autoridad de aplicación. Quedará excluida de este canal la comercialización de cualquier otra especialidad medicinal”.