El Senado aprobó el proyecto para elegir al Procurador por mayoría absoluta

La Cámara Alta aprobó y giró a Diputados la Ley de Ministerio Público Fiscal, que introduce cambios en el modo de elección y la duración del mandato del Procurador General. La iniciativa fue aprobada por 42 votos a favor y 27 en contra.

La Cámara de Senadores de la Nación aprobó hoy, y giró a Diputados, un proyecto que le introduce varios cambios a la Ley del Ministerio Público Fiscal, entre los que se destacan que la elección del jefe de los fiscales sea por mayoría absoluta de la Cámara Alta, en vez de por los dos tercios de los presentes, y establece una reducción del período de mandato a cinco años, reelegible por un lustro.

La iniciativa fue aprobada por 42 votos a favor y 27 en contra, tras un debate de cinco horas.

El respaldo de la iniciativa provino del Frente de Todos y de sus aliados del Frente Renovador de la Concordia de Misiones y de Juntos Somos Río Negro.

En tanto, el interbloque de Juntos por el Cambio, así como sus asociados del interbloque Parlamentario Federal, votaron en contra.

La principal reforma a la Ley del Ministerio Público modifica las mayorías para designar al jefe de los fiscales. En la actualidad, se concreta con el voto de los dos tercios de los presentes en la Cámara Alta, mientras que con el cambio que deberá ahora debatir Diputados se necesita sólo mayoría absoluta.

El Frente de Todos, al menos hasta diciembre del año que viene, tiene 43 senadores propios, más que suficiente para designar al próximo procurador.

La discusión se lleva a cabo mientras el oficialismo y la oposición no se ponen de acuerdo para designar al juez federal Daniel Rafecas, propuesto por el Poder Ejecutivo, para ocupar el cargo de procurador.

Su pliego permanece sin ser debatido en el seno de la Comisión de Acuerdos de la Cámara Alta.

El proyecto aprobado hoy también establece que la postulación y designación del candidato no podrá realizarse durante el año electoral en el cual se elija presidente de la Nación.

Asimismo, se establece que el procurador dura en sus funciones cinco años, pudiendo ser nuevamente designado en forma consecutiva por un único período a propuesta del Poder Ejecutivo Nacional y con nuevo acuerdo del Senado.

Por otro lado, el Procurador General de la Nación al momento de su designación no podrá superar los 75 años de edad.

El proyecto también dispone que el procurador sólo puede ser removido por razones de mal desempeño, crímenes comunes o delito en el ejercicio de sus funciones.

En ese caso, para la acusación ante el Senado de la Nación, se requerirá la aprobación de la mayoría absoluta de los miembros de la Cámara, en tanto que para la remoción se necesitan los votos de los dos tercios.

No obstante, el Senado podrá suspender al procurador, mientras dure el proceso de remoción, por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros.

El debate

El jefe del bloque del Frente de Todos, José Mayans, al cerrar el debate, reconoció que “la mayoría agravada” de dos tercios “no reúne consenso” y se preguntó, entonces, “¿qué pasa con las políticas públicas que hay que llevar adelante?”

Además, advirtió que el oficialismo “va a hacer el esfuerzo de corregir el desastre buscando la institucionalidad que (el ex presidente Mauricio) Macri destrozó y del que ellos (Juntos por el Cambio) fueron cómplices”.

A su turno, el jefe del interbloque de la oposición, el radical formoseño Luis Naidenoff, acusó al oficialismo de pretender llevar a cabo una “contrareforma constitucional” al modificar la Ley del Ministerio Público.

“Estamos asistiendo a una contrareforma constitucional. Porque a partir de la reforma de 1994 el Ministerio Público Fiscal en la Constitución ocupó un rol de contrapoder. ¿De dónde sacaron que los dos tercios son impracticables? Los dos tercios tenían que ver con la robustez del cargo”, aseguró Naidenoff.

Al abrir el debate, el presidente de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales, el oficialista neuquino Oscar Parrilli, explicó que la búsqueda de reducir el número para elegir al jefe de los fiscales no se debe a la falta de consenso para elegir a Rafecas.

“Acá no se trata de Rafecas sí o Rafecas no. Se trata de Casal sí o Casal no. Hay muchos que quieren que siga el procurador interino porque le sirve a sus intereses. Presionable y con todas las atrocidades que está haciendo”, destacó Parrilli

El senador agregó que la oposición acusa al Gobierno Nacional “de hacer las cosas que hicieron ellos, como intentar manipular a la justicia” y destacó que el oficialismo pretende “dar certezas y seguridades”.

En cambio, el opositor cordobés Ernesto Martínez opinó que el proyecto impulsado por el oficialismo tiene “sentido de venganza”.

“Esta es una ley que tiene un verdadero sentido de venganza”, afirmó Martínez y destacó que “la idea del proyecto es decir ‘la acusación soy yo’” y lo calificó como “absolutista”.

Los principales puntos de la reforma

Se establece que el procurador de la Nación durará en sus funciones cinco años, pudiendo ser nuevamente designado en forma consecutiva por un único período a propuesta del Poder Ejecutivo Nacional y con nuevo acuerdo del Senado.

Se señala que el procurador general de la Nación será designado por el Poder Ejecutivo Nacional con acuerdo del Senado por mayoría absoluta de sus miembros.

La postulación y designación del candidato no podrá realizarse durante el año electoral en el cual se elijan presidente o presidenta de la Nación.

Se dispone que solo podrá ser removido por razones de mal desempeño, crímenes comunes o delito en el ejercicio de sus funciones. El proceso de remoción podrá iniciarse por decisión fundada del Poder Ejecutivo Nacional comunicada a la Cámara de Diputados, o a solicitud de cualquiera de los miembros de la Cámara de Diputados.

En ambos casos, para la acusación ante el Senado de la Nación se requerirá la aprobación de la mayoría absoluta de los miembros de la Cámara.

Asimismo, se establece que el Senado de la Nación juzgará en juicio público al procurador o procuradora general de la Nación acusado por la Cámara de Diputados.

Se dispone que para su remoción se requerirá el voto de la mayoría de los dos tercios (2/3) de los miembros del Senado de la Nación.

El Senado de la Nación podrá suspender al procurador o procuradora general de la Nación del ejercicio del cargo, mientras dure el proceso de remoción, por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros.

Los demás magistrados y magistradas que componen el Ministerio Público Fiscal de la Nación podrán ser removidos de sus cargos únicamente por el Tribunal de Enjuiciamiento del Ministerio Público Fiscal de la Nación.

El Tribunal de Enjuiciamiento será presidido por uno de los vocales en representación de la Comisión Bicameral Permanente de Seguimiento y Control del Ministerio Público propuesto por la mayoría de esa comisión parlamentaria.

Se dispone que la relación del Ministerio Público Fiscal de la Nación con el Poder Legislativo será por intermedio de la Comisión Bicameral Permanente de Seguimiento y Control del Ministerio Público de la Nación.

En ningún caso los integrantes del Ministerio Público Fiscal podrán requerir tareas o funciones de investigación criminal a los organismos de inteligencia.