18/07/2015 - 07:25hs
La decisión de que Laureano Durán continúe como magistrado subrogante en el Juzgado Federal Nº1 de La Plata será apelada ante la Corte Suprema. El máximo tribunal deberá expedirse sobre una ley que pone en riesgo la independencia de los poderes
Luego de que la Sala I de la Cámara Federal de La Plata declarase la constitucionalidad de la Ley de Subrogancias 27.145 y ratificara al juez trucho Laureano Durán como titular provisional del Juzgado Federal Número 1 de la capital bonaerense, los abogados que iniciaron la demanda para que los destituyan ultiman detalles en la estrategia con la que apelarán el fallo ante la Corte Suprema de Justicia.
Como se recordará, Marcelo Uriarte y Martín Villena, los titulares de la UCR de La Plata y Magdalena, presentaron el pedido de inconstitucionalidad de la designación de Durán, quien era secretario judicial y fue designado en 2014 para ocupar interinamente el juzgado federal platense encargado de supervisar los comicios en el distrito más grande del país.
Un fallo de primera instancia, dictado por el juez Ricardo Recondo, había declarado inconstitucional un artículo de la nueva ley de Subrogancias y también su designación. Pero la Sala Primera de la Cámara Federal de La Plata dejó sin efecto la declaración de inconstitucionalidad, con lo que ratificó la continuidad del subrogante Durán.
Marcelo Garófalo uno de los abogados patrocinantes de Uriarte y Villena, habló con Hoy y adelantó que “estamos ultimando detalles de la estrategia que vamos a utilizar para recurrir el fallo de la Cámara a la Corte Suprema de Justicia”.
“Nosotros seguimos con la postura de la demanda, que es que los mecanismos que se utilizaron para la designación de Durán son inconstitucionales, porque en realidad la nueva ley de subrogancias en general es inconstitucional. Vamos a mantener este criterio y lucharemos para que el fallo de la Cámara sea revertido”, aseguró Garófalo. Para el abogado, “en tanto y en cuanto el Consejo de la Magistratura siga usando recursos o procedimientos que no están de acuerdo con la Constitución, esos mecanismos son cuestionables. Lo que se pretende es que los jueces que se elijan estén de acuerdo a la Constitución”.
Tal como viene informando Hoy, será la Corte Suprema de Justicia entonces la encargada de definir si el juez electoral de la Provincia será un magistrado trucho, como es Durán, el que no cumple ningún requisito legal y ético para ocupar ese cargo.
Una truchada por un trucho
Una truchada sirvió para ratificar a un juez trucho. Así puede calificarse la decisión adoptada por la Sala I de la Cámara Federal de La Plata que anteayer declaró la constitucionalidad de la polémica Ley de subrogancias número 27.145, y ratificó a Durán como titular interino del Juzgado Federal N° 1 de nuestra ciudad, que entre otras competencias tiene la electoral en la provincia de Buenos Aires.
El fallo fue firmado por Julio Víctor Reboredo, Roberto Agustín Lemos Arias y Carlos Román Compaired, quienes integran la Sala I de la Cámara. Ahora bien, altas fuentes judiciales confiaron a Hoy que los jueces se tendrían que haber excusado de intervenir al tener una estrecha relación con Durán. Por un lado, Compareid y Reboredo fueron compañeros del padre del juez trucho: Alberto Durán fue camarista de esa sala hasta su fallecimiento, ocurrido en el año 2009, en un accidente de tránsito.
Una Justicia que falló distinto en La Plata
Es tan escandaloso el fallo de la Sala I de la Cámara Federal de La Plata que se contrapone a lo resuelto, esta misma semana, por Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal, integrada por Martín Irurzun, Horacio Cattani y Eduardo Farah. Los magistrados –son los mismos que confirmaron el procesamiento de Amado Boudou, en la causa Ciccone- declararon inconstitucional los artículos de la ley de subrogancias.
"Se ha demostrado cómo el sistema previsto por ley 27.145 otorga al Consejo de la Magistratura facultades discrecionales que confrontan directamente con los principios constitucionales de juez natural, imparcialidad e independencia judicial, conforme el alcance que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha asignado a aquellos", advirtió en su punto clave el fallo firmado por Irurzun, Cattani y Farah. Insólitamente, a sólo 60 kilómetros de distancia, otros tres camaristas federales dictaminaron todo lo contrario.