Milei y un cheque en blanco
Con la publicación del DNU que habilita un nuevo acuerdo con el FMI, el líder libertario tratará de forjar el tratado según su conveniencia.
Con la publicación del DNU que habilita un nuevo acuerdo con el FMI, el líder libertario tratará de forjar el tratado según su conveniencia.
12/03/2025 - 00:00hs
Como bien informó diario Hoy en su edición anterior, el Gobierno formalizó este martes el decreto de necesidad y urgencia (DNU) que lo habilita a negociar un nuevo acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI).
La medida se implementó a través del Decreto 179/2025, publicado en el Boletín Oficial, con la firma del Presidente Javier Milei y la totalidad de su Gabinete.
Es importante mencionar que, al tratarse de un DNU, el documento no solicita un “pedido de autorización”, como había afirmado el Ejecutivo, ya que la aprobación de la operación de crédito con el FMI se realiza de manera instantánea al publicarse el decreto.
En este contexto, el Gobierno aprobó el acuerdo con el Fondo sin especificar algunos puntos clave sobre él. En primer lugar, el texto del decreto no señala el monto del crédito que se incluirá en el nuevo programa, por lo que habrá que esperar a la publicación del acuerdo de nivel técnico para saber ese detalle.
Por otra parte, el texto del DNU tampoco establece qué tasa de interés tendrá que afrontar Argentina bajo el nuevo programa para devolver tanto el crédito ya otorgado en 2018, como los dólares extra que se incluirán en este nuevo acuerdo.
El documento
El DNU establece que los fondos que lleguen del FMI serán destinados a la cancelación de: “Las letras intransferibles en dólares estadounidenses en poder del Banco Central, en el marco de las atribuciones conferidas a la Secretaría de Hacienda y a la Secretaría de Finanzas, ambas del Ministerio de Economía, en los términos del artículo 55 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) y del Decreto N° 1344 del 4 de octubre de 2007 y sus modificaciones”.
“A tal efecto, se tomará la Letra Intransferible de vencimiento más cercano, a saber, la emitida originalmente mediante el artículo 1° de la Resolución N° 406 del 2 de junio de 2015 del entonces Ministerio de Economía y Finanzas Públicas con vencimiento el 1° de junio de 2025; y sus subsiguientes en orden cronológico; y las operaciones de crédito público celebradas en el marco del Programa de Facilidades Extendidas del 2022 cuyo vencimiento opere dentro de los 4 años de la suscripción del acuerdo a celebrarse en los términos del primer párrafo del presente artículo”, continúa el documento publicado.
Asimismo, la norma señala que la operación incluirá el pago de los intereses y cargos en los plazos y tasas preestablecidos por el organismo de crédito para este tipo de acuerdos y el reembolso del capital del préstamo en el plazo mencionado.
Por otra parte, en los considerando de la publicación se advierte que el Gobierno decidió “no comprometer su política económica de
déficit cero” por lo que “los fondos recibidos deberán ser utilizados exclusivamente para cancelar deudas del Tesoro nacional, con el Banco Central y deudas con el FMI”.
“El DNU va a ser enviado de inmediato al Congreso para que sea tratado como corresponde. Tiene la fuerza de una ley mientras no sea rechazado por las cámaras, y creo que no lo van a rechazar”, afirmó el jefe de Gabinete, Guillermo Francos.