Eduardo Belliboni precisó que el allanamiento ordenado por el juez Sebastián Casanello y solicitado por el fiscal Gerardo Pollicita era “ilegal” porque se había realizado “sin dar aviso previo a los dirigentes y cuando aún el sol no había salido”.
La Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal resolvió que fue legal el allanamiento que la Policía Federal realizó en la sede de la Asociación Civil Polo Obrero el pasado 13 de mayo, la cual había sido denunciada como ilegal por el referente de izquierda e imputado en la causa por extorsión y el uso de facturas truchas, Eduardo Belliboni.
El líder del PO precisó, en reiteradas oportunidades, que el allanamiento ordenado por el juez Sebastián Casanello y solicitado por el fiscal Gerardo Pollicita era “ilegal” porque se había realizado “sin dar aviso previo a los dirigentes y cuando aún el sol no había salido”. “Nos allanan igual que lo hacían en la dictadura militar, de noche, a oscuras, rompiendo puertas y sin respetar las garantías constitucionales”, sostuvo el dirigente frente al Congreso de la Nación en una de las últimas manifestaciones.
En paralelo, otra de las imputadas en la causa y presidenta de la Asociación Civil Polo Obrero, Elizabeth Palma, presentó un pedido de nulidad del proceso al considerarlo ilegal bajo los mismos argumentos que Belliboni. Finalmente, la solicitud llegó a la Cámara Federal porque el 28 de mayo Casanello “rechazó el planteo de nulidad interpuesto contra el allanamiento”.
“La medida cuestionada se llevó a cabo conforme la normativa legal vigente, en presencia de los testigos convocados al efecto y ante la persona encargada del lugar, labrando las actas correspondientes y quedando todo debidamente registrado, por lo cual no se advertía la existencia de vicio alguno que afecte su validez”, esgrimió entonces el magistrado en sintonía con Pollicita.
Finalmente, la Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal tomó como propios los argumentos del juez y el fiscal y rechazó el pedido de nulidad. “Coincidimos con la solución arribada por el juez instructor en cuanto a que no se advierten aquellas irregularidades denunciadas por la parte recurrente capaces de acarrear la nulidad del allanamiento”, sellaron.