Un ex empleado del CONICET ingresó a una comisaría de Palermo y se suicidó en el baño
El hombre trabajó en el CONICET durante más de 14 años. Aún se desconocen los motivos del suicidio.
Dos jóvenes fallecieron en julio del 2017 en avenida 32 entre 10 y 11. Los abogados de los acusados alegaron que no hubo exceso de velocidad.
18/05/2022 - 00:00hs
Durante los alegatos ante la jueza Claudia Greco, la fiscalía pidió tres años de prisión en suspenso y siete años de inhabilitación para conducir vehículos para Carlos Esteban Vallines (27) y Nicolás Moreno (25). Los mismos están acusados de ocasionarles la muerte a Rodrigo Molina Adrover (24) y a Juan Cruz Pereyra (23) en un siniestro vial ocurrido el 28 de julio del 2017 en Barrio Norte, y que en su momento había sido primicia exclusiva de este multimedio.
“Ha quedado claro en debate que no existió una picada ni se acreditó que se encontraran corriendo carreras con los vehículos o similar”, sostuvo Gastón Nicocia, abogado de Moreno. Por su parte, la defensa de Vallines realizó un planteo respecto a la imposibilidad de verificar la velocidad y, subsidiariamente, un planteo con respecto a la inconstitucionalidad del artículo 84 bis del Código Penal, que agrava la figura del homicidio culposo.
“Por la defensa de Moreno sostuvimos en los alegatos que el exceso de velocidad no pudo ser demostrado, ya que el único que puede afirmar el exceso es el perito accidentológico, el cual, como escuchamos, afirmó que el factor velocidad es una probabilidad, y no es determinante”, le dijo Nicocia a este multimedio.
La palabra del abogado
En este sentido, el abogado reiteró que solicitó la absolución de su defendido “por la imposibilidad de atribuirle responsabilidad en este caso. Ya no basta que mi defendido haya infringido el deber de cuidado a su cargo para atribuir responsabilidad penal puesto que claramente el resultado dañoso no ha sido consecuencia directa de la conducta de Moreno, sino que encuentra conexidad causal más próxima con la conducta reprochable de este un tercer vehículo, que imprudentemente realizó una maniobra brusca y de embiste sobre la calzada y vía de marcha del carril de circulación donde se encontraba, y que en definitiva desencadena el fatídico desenlace”.
“En los alegatos finales, realizamos como pedido subsidiario la aplicación de la pena natural, puesto que su culpabilidad debería ser compensada con el daño o padecimiento sufrido por Nicolás por el hecho, siendo que se ha acreditado que desde el día del accidente mi defendido ha sufrido un sinnúmero de padecimientos emocionales y en definitiva no ha podido elaborar duelo por la pérdida de sus amigos que iban en el vehículo, y con ello evitar una doble imposición de pena”, concluyó el profesional.