El beneficio será válido para los contribuyentes que realicen pagos con tarjeta de crédito antes del 1 de enero. La medida sería anunciada la próxima semana por la Administración Federal de Ingresos Públicos. El ente recaudador dispondrá que las personas que trabajan en relación de dependencia puedan deducir el recarfo del impuesto a las ganancias.
La AFIP dispondrá que los contribuyentes que trabajan en relación de dependencia puedan deducir del impuesto a las ganancias el recargo del 15 por ciento sobre las compras realizadas con tarjeta de crédito en el exterior.
La medida alcanzaría a aquellos consumos que se realicen antes del 1 de enero. En caso de pasarse de esa fecha, el beneficio recién lo conseguirían en 2014. La iniciativa y la forma en la que los contribuyentes podrán alcanzar este beneficio la daría a conocer la AFIP la semana que viene.
Los datos de la compra se volcarán en el formulario 572 que deben presentar ante sus respectivos empleadores y allí deberán incluir el consumo, al tipo de cambio oficial, registrado en sus resúmenes de tarjetas de crédito, ya que los realizados en efectivo no estarán alcanzados por este beneficio.
Por su parte, los monotributistas y autónomos deberán esperar a realizar la declaración impositiva anual entre abril y mayo para poder descontar esos gastos en bienes personales. Los que paguen sólo el monotributo tendrán que esperar a que la AFIP difunda el "procedimiento de devolución".