Causa Cuadernos: Casación definirá si son válidas las declaraciones de los arrepentidos

La Cámara Federal de Casación Penal deberá expedirse con respecto a la validez de los testimonios, sobre la “Ley del arrepentido” y si corresponde su aplicación en una causa que comenzó previamente a su sanción.

Política

30/11/2020 - 00:00hs

La Cámara Federal de Casación Penal definirá en los próximos días si son válidas las declaraciones de los arrepentidos de la Causa de los Cuadernos, a la vez que se pronunciará sobre la constitucionalidad de la norma que dio lugar a esas confesiones, tras una serie de planteos de las defensas de varios de los imputados.

La decisión está en manos de la Sala I del máximo tribunal penal -integrada por los jueces Diego Barroetaveña, Ana María Figueroa y Daniel Petrone-, que desde el viernes trabaja en los detalles de un fallo cuyos votos ya están redactados, según fuentes judiciales.

Los magistrados tenían previsto emitir el fallo días atrás, pero la definición se postergó porque Diego Barroetaveña debió someterse a una imprevista intervención quirúrgica y hacer uso de licencia, luego de la cual se reintegró a su función el viernes último.

Los planteos

El expediente de la Causa de los Cuadernos, en la cual están imputados la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner y el exministro de Planificación Federal, Julio De Vido, entre otros, incluye 31 declaraciones de imputados arrepentidos que buscaron así recuperar su libertad y/o tener alguna reducción en la pena en caso de recaerles una condena.

Los planteos sobre los que debe resolver Casación podrían ordenarse en tres grandes ejes: la constitucionalidad o no de la “Ley del arrepentido”, su utilización en la Causa de los Cuadernos -que investiga hechos anteriores a la sanción de la norma- y la forma en la que se aplicó, sin que quedaran grabaciones de las declaraciones.

Esas objeciones a las declaraciones de los arrepentidos, y a la propia ley que las habilitó, fueron formuladas por los abogados de De Vido (Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro); del exfuncionario de Planificación, Hernán Gómez (Laura Fechino); del extitular de la UIA, Juan Lascurain (Marcelo Mónaco y Damián Real) y del empresario Gerardo Ferreyra (Eduardo Barcesat).

La falta de grabaciones

Tan pronto como comenzó a dar tratamiento a los planteos, Casación pidió al juzgado de instrucción que llevó la causa por los cuadernos del remisero Oscar Centeno el envío “con carácter de urgente” de “soporte fílmico, digital u otro medio técnico en el cual se hayan registrado” las declaraciones de los imputados arrepentidos del caso.

Ya a fines de septiembre último, el juez federal Marcelo Martínez de Giorgi, que subroga el juzgado que quedó vacante tras el fallecimiento de Claudio Bonadio, respondió que no estaban allí las grabaciones solicitadas y luego Casación continuó, sin éxito, la búsqueda en la fiscalía a cargo de Carlos Stornelli y en el tribunal y la fiscalía que intervendrán en el juicio oral y público.

El reclamo de Casación confirmó lo que ya se sabía: que las declaraciones de los arrepentidos no fueron grabadas en ningún formato y que su único asiento son las actas escritas, hecho que las defensas de los imputados cuestionan tras resaltar que la Ley 27.304 establece que deben “registrarse a través de cualquier medio técnico idóneo que garantice su evaluación posterior”.

La “Ley del arrepentido”

Otro de los planteos de las partes apunta a que la “Ley del arrepentido” pudo haberse aplicado en este expediente con un criterio coactivo, dado que en muchos casos los imputados que confesaron supuestas participaciones en delitos lo hicieron a sabiendas que, de hacerlo, tenían más posibilidades de recuperar su libertad tras haber sido detenidos por orden de Bonadio.

“No hay sortijas para todos”, fue el mensaje con el que el fiscal Stornelli advirtió en su momento a los abogados de los imputados detenidos, en un mensaje que aludía a que quienes dieran algún dato útil a la fiscalía verían aumentadas sus chances de ser excarcelados.

“La Ley del arrepentido, en un sistema como el nuestro, viola la igualdad de armas porque el Ministerio Público Fiscal, que es una de las partes del proceso, es el encargado de llevar adelante la negociación con los acusados”, sostuvo uno de los abogados que reclamó la inconstitucionalidad de la ley.

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