Causa De Vido: el abandono como condena

La Justicia volvió a rechazar la prisión domiciliaria del exfuncionario a pesar de sus 76 años y de un cuadro de salud complejo, marcado por problemas cardíacos y diabetes.

Política

18/04/2026 - 00:00hs

El juez de ejecución Ricardo Basílico, del Tribunal Oral Federal 4, volvió a rechazar el pedido de prisión domiciliaria de Julio De Vido. La decisión llegó pocos días después de que el exministro fuera sometido a una intervención cardíaca de urgencia tras una descompensación que puso en riesgo su vida. El exfuncionario tiene 76 años, es diabético insulinodependiente, hipertenso y acaba de recibir stents coronarios tras una intervención cardíaca de urgencia. A pesar de esto, para la Justicia puede seguir detenido en el penal de Ezeiza.

La resolución no solo descarta el beneficio, sino que refuerza la idea de que su cuadro puede ser atendido dentro del sistema penitenciario. En ese sentido, el magistrado ordenó garantizar controles clínicos y cardiológicos periódicos, análisis de laboratorio, consultas con especialistas y el suministro de medicación en tiempo y forma. También dispuso una dieta acorde a sus patologías —hiposódica y apta para diabetes—, infraestructura para responder ante eventuales complicaciones y la posibilidad de derivaciones a centros de mayor complejidad. El esquema, sobre el papel, parece completo, pero la discusión es otra.

Una cadena de rechazos

Desde que se presentó en Comodoro Py en noviembre de 2025 para comenzar a cumplir la condena de cuatro años por administración fraudulenta en la causa por la Tragedia de Once, la defensa —a cargo de Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro— insistió en reiteradas oportunidades con el arresto domiciliario.

El Tribunal Oral Federal 4 lo rechazó en diciembre. La Cámara Federal de Casación Penal hizo lo mismo en enero de 2026, con los votos de Guillermo Yacobucci y Javier Carbajo y la disidencia de Mariano Borinsky. Ahora, con un cuadro clínico agravado y una cirugía reciente, la respuesta volvió a ser negativa.

Un cuadro que se agrava

A comienzos de abril, el deterioro dejó de ser una advertencia para convertirse en urgencia. El 1 de ese mes, durante un control en el Hospital Interzonal de Ezeiza, se detectó una fibrilación auricular severa. Al día siguiente fue trasladado a un centro de mayor complejidad, donde le practicaron una cardioversión eléctrica.

El 6 de abril, un cateterismo confirmó dos lesiones coronarias de gravedad en la arteria descendente anterior y en una rama diagonal. La intervención derivó en una angioplastia con colocación de stents. Su esposa, Alessandra Minnicelli, lo definió como un paciente de alto riesgo cardiovascular, con un cuadro agravado por la diabetes.

En ese contexto, la defensa volvió a insistir con el arresto domiciliario, argumentando que “la evolución del cuadro clínico y las condiciones en que se desarrolla el tratamiento intramuros evidencian la imposibilidad de brindar una atención adecuada en el ámbito penitenciario”. Los letrados también advirtieron que el encierro incrementa los factores de riesgo y dificulta el control de patologías crónicas y progresivas.

El propio De Vido lo sintetizó ante el Tribunal Oral Federal 7: “Estoy preso y enfermo, pero preferiría morirme en mi casa”.

La respuesta judicial

El sistema respondió otra vez en el mismo sentido. El fiscal Nicolás Czizik se opuso al pedido al sostener que la existencia de enfermedades crónicas no habilita por sí sola la detención domiciliaria. Según planteó, el punto central es si esas afecciones pueden ser tratadas en el ámbito penitenciario.

El Cuerpo Médico Forense, encabezado por Alberto Miceli, coincidió con esa lectura. Tras analizar la historia clínica y los informes médicos, concluyó que el exministro presenta un cuadro “compensado”, con seguimiento, medicación y controles adecuados.

También dejaron asentado que De Vido cuenta con autorización para ser trasladado fuera del penal cada vez que lo requiera la autoridad médica. El esquema de atención, insistió el cuerpo médico, permite responder ante eventuales descompensaciones. Cabe mencionar que la emergencia de abril ocurrió dentro de ese mismo esquema.

El respaldo y el contexto político

El caso no quedó ajeno a la mirada del arco político. Durante la internación de Julio De Vido en el Hospital del Complejo Penitenciario de Ezeiza, se realizó una manifestación con la presencia de senadores como Juliana Di Tullio, Mariano Recalde y Oscar Parrilli, además de diputados, dirigentes sindicales y referentes de organismos de derechos humanos.

La convocatoria apuntó contra lo que definieron como un “agravamiento de las condiciones de detención” y reclamaron el otorgamiento de la prisión domiciliaria. En paralelo, el interbloque de senadores peronistas presentó un escrito ante el TOF 4 en el que cuestionó la compatibilidad de esas condiciones con el marco legal vigente.

Lo que el fallo no explica

La legislación vigente contempla el arresto domiciliario para mayores de 70 años y para personas con enfermedades que puedan agravarse en contexto de encierro. De Vido cumple ambas condiciones. Aun así, la Justicia sostiene que su cuadro actual no alcanza para acceder al beneficio. En este contexto, la discusión no se reduce a lo médico ni a lo jurídico: es, sobre todo, una cuestión de criterio.

Lo que los fallos no terminan de explicar es por qué, en ese marco, el exfuncionario continúa en una cárcel común mientras otros detenidos con cuadros comparables acceden a la prisión domiciliaria. Tampoco cómo se compatibiliza la idea de un “cuadro compensado” con una intervención cardíaca de urgencia que obligó a su traslado fuera del penal.

Después de lo ocurrido en las últimas semanas, la discusión dejó de ser preventiva y el riesgo dejó de ser una hipótesis para convertirse en antecedente. Aun así, la respuesta del sistema sigue siendo la misma.

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