Grindetti presentó su primer informe de gestión en la Legislatura
Néstor Grindetti reclamó por la quita de recursos que sufrió el territorio porteño.
La condena es por los hechos ocurridos en plena sesión.
03/07/2024 - 00:00hs
En los últimos días, la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena a un mes de prisión en suspenso al exdiputado nacional Juan Emilio Ameri por el delito de perturbación al ejercicio de funciones públicas por haberle besado los senos a una mujer durante una sesión de la Cámara de Diputados que se realizó durante la pandemia del coronavirus vía Zoom.
La Sala IV de la Cámara, integrada por los jueces Javier Carbajo, Mariano Borinsky y Gustavo Hornos, consideró que se logró probar el delito atribuido al acusado, por lo que la sentencia dispuesta resultó ajustada a derecho y a las pruebas ventiladas en el juicio oral. Así ratificó el fallo que en primera instancia había dictado el juez federal Ariel Lijo.
El hecho ocurrió el 24 de septiembre de 2020, durante una sesión de la Cámara de Diputados. En ese momento, el diputado Carlos Heller estaba hablando y, a través del sistema de videoconferencia, Ameri se encontraba junto a una mujer, a quien sentó en su regazo y besó su pecho desnudo. La sesión era para debatir el Fondo de Garantía de Sustentabilidad del sistema jubilatorio y la refinanciación de las deudas de la Provincia con la Anses.
La situación fue advertida por otros diputados que interrumpieron la sesión. “Se trata de una situación íntima del diputado Ameri con su pareja, que fue expuesta en el sistema. La vimos casi todos y ya está en las redes y en la televisión. Estábamos acá en la Cámara y, mientras estábamos sesionando, el diputado Ameri estaba en una situación muy íntima con su pareja”, dijo la diputada Cecilia Moreau. Tras el hecho, Ameri renunció.
El juez Lijo dio por probado el hecho y lo encuadró en el delito de perturbación al ejercicio de funciones públicas. “Se trata de un delito de resultado, pues se requiere que la actividad del cuerpo legislativo se haya resentido y turbado de una manera efectiva a causa de esa perturbación. Al ser un delito de resultado, su perfeccionamiento se da en el momento que se obstaculiza el normal ejercicio del órgano”, explicó el magistrado.