El fiscal Pollicita apeló y se podría reabrir la denuncia de Nisman contra Cristina
En la resolución, realizada en duros términos, el funcionario del Ministerio Público pidió la reapertura de la investigación del fallecido fiscal. Incluyó en su petitorio desgrabaciones de Luis D’Elía, Fernando Esteche y Yussuf Khalil
El fiscal federal Gerardo Pollicita apeló esta mañana en duros términos la decisión del juez Daniel Rafecas de no reabrir la denuncia que el fiscal Alberto Nisman presentó, antes de su muerte violenta, contra la ex presidente Cristina Kirchner por supuesto encubrimiento de los responsables del ataque terrorista a la AMIA.
Pollicita, que ya en 2015 había considerado que el planteo del fallecido fiscal había que investigarlo, presentó hoy la apelación, en la que advirtió que la decisión -tanto el año pasado como ahora- de no investigar la acusación contra la ex primera mandataria se trató de una decisión "arbitraria".
Entre los principales argumentos que plantea el funcionario del Ministerio Público está la ausencia de investigación de las desgrabaciones de conversaciones -que había incorporado Nisman en su denuncia- entre Luis D'Elía, Fernando Esteche y el operador Yussuf Khalil, en la que se habla sobre el pacto con Irán.
"Ante el interrogante de por qué la investigación debe abrirse, la respuesta está en que una hipótesis criminal de inusitada gravedad y trascendencia institucional, como la presentada por Nisman, demanda la realización de todos los esfuerzos posibles con miras a que las víctimas de la maniobra logren conocer la verdad real de lo sucedido, sea que ella se identifique con la versión incriminatoria de la denuncia o bien con aquella diametralmente opuesta sostenida en la desestimación", establece la apelación.
Según consideró el fiscal en su escrito, "se podrá transmitir a la sociedad el mensaje de que las instancias judiciales intervinientes en el caso agotaron todos los recursos y herramientas disponibles para que su resolución lo sea con la mayor claridad, transparencia y equidad posibles".
"El proceso penal —único tolerado constitucionalmente para averiguar y juzgar la comisión de conductas presuntamente delictivas— tiene sus propias reglas; motivo por el cual frente a una resolución arbitraria, corresponde que la Alzada ordene un nuevo análisis del planteo que motiva la resolución cuestionada, caso contrario se impide cumplir con el objetivo del proceso y se afecta el derecho a la tutela judicial efectiva de la pretensa querella", prosigue.
Para Pollicita, el cierre de la investigación es "arbitrario", debido a que "descarta la producción de prueba pertinente respecto de la cual nadie estaba en condiciones de aventurar su resultado, sino que –además- prescinde de efectuar un análisis en forma global de la teoría del caso presentada en la denuncia para limitarse a examinar de manera fragmentada los elementos aportados, ya sea examinando la entidad de las escuchas telefónicas, el Memorandum únicamente por su letra y estatus jurídico, o las presuntas declaraciones públicas vinculadas a los hechos en cuestión".
"Corresponde destacar la valoración realizada por Rafecas –acompañada posteriormente en forma mayoritaria por sus Superiores- en relación a las escuchas telefónicas obrantes en autos, ello teniendo en cuenta que no solo les restó valor probatorio sino que incluso, recurriendo a un importante esfuerzo argumental, entendió como descartada la vinculación entre los funcionarios implicados y las personas que aparecían con influencias a nivel gubernamental para llevar adelante el plan criminal", alerta Pollicita.
También, afirma que "esto no hace más que confirmar cómo el magistrado, con miras a no iniciar la investigación de la denuncia, recurrió sistemáticamente a la selección arbitraria del material probatorio –prescindiendo de elementos que incluso estaban dentro de la esfera de custodia del Juzgado- ya que basta simplemente con escuchar los audios aportados por la UFI-AMIA, correspondientes al día en el cual Nisman presentó su denuncia ante la justicia, para poder tener por cierto aquella vinculación enfáticamente denostada y descartada".