El Gobierno anunció una rebaja impositiva sobre el dólar Qatar

AFIP reducirá del 25 al 5% la alícuota del adelanto de Bienes Personales.

Política

15/08/2023 - 00:28hs

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso una reducción del 25 al 5% en la alícuota del adelanto de Bienes Personales para las compras con tarjeta de crédito o débito de bienes y servicios efectuados en el exterior que superen los 300 dólares mensuales.

De esta forma, el tipo de cambio del llamado “dólar Qatar” pasará a ser de $657,9, en lugar de los $731 por dólar que había que pagar hasta hoy, correspondientes a la suma del tipo de cambio oficial ($365,5) más el 30% del impuesto PAIS, el 45% de retención de Ganancias y el 5% de adelanto de Bienes Personales.

Así lo dispuso a través de la resolución general 5.403, mediante la cual la AFIP modifica la 4.815 de septiembre de 2020, que establecía un régimen de percepción del impuesto a las Ganancias y del impuesto sobre los Bienes Personales, que se aplica sobre las operaciones alcanzadas por el tributo Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS), denominado también “dólar Qatar”.

De esta manera, dispone la re­ducción desde el 25% actual hasta el 5% la alícuota dispuesta en el inciso C del artículo 5° de la resolución 4.815 que refiere a las operaciones iguales o superiores a los 300 dólares para los casos de cambio de divisas realizados por entidades financieras para el pago de la adquisición de bienes o prestaciones y locaciones de servicios efectuadas en el exterior, que se cancelen mediante la utilización de tarjetas de crédito, de compra y débito.

La modificación también alcanza a las extracciones o adelantos en efectivo efectuadas en el exterior y las compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales y cualquier otra modalidad por la cual las operaciones se perfeccionen, me­diante compras a distancia, en moneda extranjera.

Por otro lado, también abarca al pago, por cuenta y orden del contratante residente en el país de ­servicios prestados por sujetos no residentes en el país, que se cancelen mediante la utilización de tarjetas de crédito, de compra y de débito, y cualquier otro medio de pago equivalente.

La medida de la AFIP se adoptó luego de que el Banco Central ­dispusiera a partir de ayer un cambio en su política de administración del tipo de cambio, dejando de lado los ajustes diarios o crawling peg para aplicar una sola devaluación del 21,6% y establecerlo en $350 por dólar.

Según figura en el texto de la resolución, que lleva la firma del titular de AFIP, Carlos Castagneto, “razones de administración tributaria tornan aconsejable modificar la citada norma con el objeto de ­disminuir la alícuota de las per­cepciones que se practiquen conforme la condición tributaria del sujeto pasible”.

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