La decisión del juez Marcelo Martínez de Giorgi había beneficiado a Emiliano Blanco, titular
del SPF durante el gobierno de Mauricio Macri, a Cristina Suriano, exdirectora de Análisis
de la Información del organismo, y a un
grupo de agentes de distinta jerarquía que trabajaban por debajo de ellos.
La causa donde se investiga el supuesto espionaje ilegal a exfuncionarios kirchneristas y empresarios presos durante el gobierno de Mauricio Macri será revisada por la Cámara Federal porteña, luego de que los acusadores apelaran el fallo que sobreseyó a quienes integraban la cúpula del Servicio Penitenciario Federal (SPF).
Entre las apelaciones al fallo del juez Marcelo Martínez de Giorgi se encuentran las de varias querellas y también la del fiscal Franco Picardi, que consideró que se trata de una decisión prematura que, además, dejaría fuera de análisis un cúmulo de pruebas fundamentales para el proceso que no tuvieron que ver con los testimonios anulados por el magistrado.
“En mi opinión, el sustento fáctico de las nulidades ordenadas es conjetural por el momento, y la valoración producida omite considerar que las principales evidencias de cargo habidas en contra de las personas sobreseídas no surge de las declaraciones testimoniales de Claudio y Noelia Segura, sino del resultado de actos procesales previos y diversos. De allí que la decisión de invalidar esas audiencias y los actos subsiguientes resulta prematura”, sostuvo el fiscal en la apelación que presentó la semana pasada.
En su fallo, el magistrado no había negado que hubieran existido maniobras de espionaje ilegal, pero desvinculó de los hechos investigados a los exagentes y la excúpula del SPF y las atribuyó a la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), que, a su entender, actuó con “beneplácito” del juez federal de Lomas de Zamora Federico Villena, el primero que estuvo a cargo del caso.
Los beneficiados por aquel fallo fueron el titular del SPF durante el gobierno de Mauricio Macri, Emiliano Blanco, la exdirectora principal de Análisis de la Información del organismo, Cristina Suriano, y un grupo de agentes de distinta jerarquía que trabajaban por debajo de ellos.
El incidente que devino en los sobreseimientos se formó a partir de una presentación de la defensa del exasesor del SPF, Fernando Carra, a cargo del abogado Fernando Herrera.
El argumento del juez
De acuerdo al fallo de Martínez de Giorgi, en la causa habrían intervenido testigos –que en un principio actuaron con identidad reservada– que fueron preparados o guionados para endilgar la responsabilidad por el espionaje ilegal a miembros del SPF cuando en realidad las maniobras podrían haber sido realizadas por la AFI que entonces conducían Gustavo Arribas y Silvia Majdalani.
Para el magistrado, con la excusa judicial de controlar al denominado “Rey de la Efedrina”, Mario Segovia, dentro del penal de Ezeiza, donde supuestamente seguía cometiendo delitos, se habría montado un dispositivo de inteligencia que permitió espiar también a empresarios y dirigentes políticos presos.
En la resolución del magistrado se señaló que su colega Villena fue el que ordenó la vigilancia sobre Segovia y el que autorizó la intervención del teléfono del pabellón en el que estaba detenido: fue el juez quien puso la transcripción de las escuchas en manos de la AFI, que debía limitarse a las conversaciones de Segovia y terminó escuchando a los políticos presos.
La apelación del fiscal
Al apelar ese fallo, el fiscal Picardi remarcó que “las acusaciones que han sido establecidas en contra de miembros de la Agencia Federal de Inteligencia (en adelante AFI) y del Servicio Penitenciario Federal (en adelante SPF), por acciones de inteligencia ilegal producidas en torno a la vida privada de personas públicas alojadas en establecimientos carcelarios, no se fundan en el contenido de las audiencias testimoniales de Claudio Gabriel Segura y Noelia Roxana Segura”.
El fiscal también recordó que en los dispositivos secuestrados en la causa se encontraron cuadros de doble entrada en los que “aparecen referenciadas personalidades de la política que se encontraban privadas de su libertad, los expedientes en cuyo marco se hallaban detenidas, una columna con observaciones, una columna entera pintada con colores estilo semáforo y el nombre de personas responsables, que alude a funcionarios en particular del SPF”.
También se halló “una planilla con registros de aspectos de la vida privada de los internos, referentes a miembros de sus entornos primarios y entornos secundarios. En la primera agrupación se incluyeron informaciones sobre sus amistades y personas allegadas dentro del establecimiento carcelario, su familia, amigos, visitas y abogados. En la segunda agrupación se referenciaron datos sobre sus activos (cuentas bancarias, dinero en efectivo, etc.), empresas, socios y datos históricos sobre actividades, contactos y otras causas”.