El Gobierno confirmó el pago a universidades en la antesala a la marcha
Lo anunció el Ministerio de Capital Humano.
Se trata de una presentación que impulsaba el constitucionalista Andrés Gil Domínguez para que el Congreso apurara el debate del decreto.
24/04/2024 - 00:01hs
La Corte Suprema de Justicia rechazó este martes por unanimidad el pedido de per saltum presentado por el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez contra el mega decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/2023 del Gobierno de Javier Milei mediante el que impulsó la desregulación de la economía con más de 300 reformas.
A través de un fallo que lleva la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, el Máximo Tribunal consideró en su decisión que no había “caso concreto”, “causa” o “controversia” para acelerar el debate de la norma, tal y como lo había solicitado el reconocido letrado en su presentación.
Gil Domínguez había impulsado un proceso con el objetivo de que se le ordene a la Cámara de Diputados y a la Cámara de Senadores que, en el plazo de 30 días hábiles, den “expreso e inmediato tratamiento” al DNU para rechazarlo o aprobarlo en el marco de la Ley 26.122.
Antes del pronunciamiento de la Corte, el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N°1 había desestimado el planteo por ausencia de “controversia”, tras lo que el abogado interpuso recurso extraordinario por salto de instancia (per saltum) a la Corte Suprema. Ahora, el Tribunal Supremo recordó este martes que la admisibilidad del recurso extraordinario se encuentra subordinada a la existencia de un caso o controversia.
Cabe recordar que la Corte Suprema había rechazado anteriormente dos planteos contra el megadecreto de necesidad y urgencia de desregulación de la economía impulsado por el jefe de Estado a fines del año pasado en una de sus primeras medidas tras llegar a la Casa Rosada. Se trató de las acciones impulsadas por el gobierno de La Rioja y por la agrupación de abogados Gente de Derecho.
La consecuencia directa e inmediata de estas decisiones fue que el DNU mantuvo su vigencia con excepción de los capítulos que fueron expresamente suspendidos o invalidados por otros tribunales, como por ejemplo la reforma laboral o la derogación de la Ley de Tierras impulsadas por el Centro Ex Combatientes Islas Malvinas (Cecim) La Plata.