Continúa la protesta de municipales contra Garro
03/09/2016 - 02:44hs
El Municipio incumple con un fallo de la Suprema Corte de Justicia provincial que lo obliga a ejercer su poder de policía contra boliches que provoquen ruidos molestos. Otra polémica para el director de Nocturnidad, Gerardo Gioglio
El 1º de enero pasado, cuando el intendente Julio Garro no contaba ni un mes de gestión, la noche platense sentó un antecedente trágico y debió motivar una especie de Nunca Más de la nocturnidad, tras el fallecimiento en la fiesta clandestina de Melchor Romero de la estudiante de Periodismo, Emilia Uscamayta Curí. Por entonces, se hizo evidente la ausencia en el ejercicio de “poder de policía”que tiene la Municipalidad, según el Código de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Nocturnidad establecido en la Ordenanza 10.799. El desenlace fue fatal y, tal como informó Hoy, la negligencia se hizo palmaria en un cuestionado funcionario como el director de Nocturnidad, Gerardo Gioglio, hoy salpicado por el doble crimen de Gorina y al que, increíblemente, el jefe comunal mantiene en su cargo.
En la fatídica jornada en que murió Emilia, los vecinos habían agotado los llamados al 911 y al 0800-Municipal, advirtiendo sobre los ruidos molestos, el descontrol y el flujo de jóvenes pendencieros que en esa fecha se contaron por 6.000.
Sin duda, se trató de una muerte evitable, pero previsible y latente en una gestión que incumple sistemáticamente con las normas municipales (la de ejercer el poder de policía, por ejemplo), la Constitución Nacional y con fallos como el expresado en la sentencia 35.852/2016 de la Suprema Corte de Justicia Bonaerense, dándole la razón a un grupo de vecinos que presentaron una acción de amparo ambiental contra la Comuna por no aplicar su poder de policía y evitar que distintos boliches de la Ciudad “cesen” con los ruidos molestos y “alteraciones urbanísticas no tolerables”.
Se trató, en realidad, de la ratificación de una batalla judicial que desde hace tres años patrocina el abogado Camilo Jorajuría, pero que, como quedó demostrado, encontró su punto más oscuro y trágico tras la asunción de Garro.
El amparo solicitaba que se dictara una sentencia que protegiera permanentemente el ambiente y obligara a clausurar en forma definitiva los locales que lo perjudiquen, entre ellos, Pura Vida, La Mulata, Pieres y otros.
Ahora, el máximo tribunal provincial confirmó los fallos de primera instancia“imponiendo a la Municipalidad de La Plata, la obligación, a través de su específico Poder de Policía comunal, de aventar el cese de las anomalías de índole ambiental comprobadas”.
El insólito argumento de la Comuna
Cabe destacar que, insólitamente, entre sus argumentos el Ejecutivo local arguyó que “el ejercicio del poder de policía es discrecional”, pero la Justicia le recordó que tanto la competencia de “habilitar, como la de ejercer el poder de policía sobre tales comercios se encuentra reglada por la normativa vigente (Ordenanzas 4.508; 147; 7.845 y 10.799) y no se trata de una actividad discrecional”.
A su vez, la Corte provincial también citó en su sentencia que “la Constitución Nacional garantiza inequívocamente la defensa ambiental, al contemplar que todos los habitantes tienen derecho a gozar de un ambiente sano y el deber de conservarlo y protegerlo en su provecho y en el de las generaciones futuras”, mientras que la Constitución bonaerense “establece el deber del Estado provincial de preservar, recuperar y conservar los recursos naturales, renovables y no renovables de su territorio; planificar el aprovechamiento racional de los mismos; controlar el impacto ambiental de todas las actividades que perjudiquen al ecosistema; promover acciones que eviten la contaminación del aire, agua y suelo”.
Para el máximo tribunal, los ruidos molestos, el descontrol y la basura que se aúnan al cabo de cada noche platense contribuyen al “daño ambiental” por el que reclamaron los vecinos. Por tal motivo, hizo lugar al “amparo ambiental” como medida protectora del derecho ambiental, en su “directa vinculación con la salud de la población, la calidad de vida y la dignidad de la persona humana”.
Así, mientras las autoridades municipales brillan por su ausencia en la oscura noche platense, derechos ambientales, bienestar y seguridad se vulneran. Todo, pese a un fallo judicial de por medio.