Comienza hoy en Buenos Aires la XXII Cumbre de Cancilleres de la CELAC
La candidatura de Argentina para presidir el bloque latinoamericano cuenta hoy con el apoyo de 31 de los 32 países participantes.
El emplazamiento de una sala maternal sólo podrá ser reemplazado con un monto ajustable en función de paritarias.
05/01/2022 - 13:27hs
El Gobierno se dispone a dar a conocer un aspecto clave de la reglamentación de la Ley de Contrato de Trabajo, que está pendiente desde su sanción hace más de 47 años. La norma indicará que las empresas con más de cien empleados deberán contar obligatoriamente con guarderías para hijas e hijos de trabajadores en sus primeros años de vida.
Además, establecerá que el emplazamiento de una sala maternal sólo podrá ser reemplazado por el pago de una suma de dinero acordada por la representación gremial y ajustable en función de la variación de las escalas salariales.
La reglamentación de la Ley 20.744 quedó a cargo del Ministerio de Trabajo luego de un fallo de la Corte Suprema que le ordenó al Gobierno acometer esa tarea en el artículo relacionado con la obligación de las empresas de contar con espacios para el cuidado de menores.
La norma establecerá que la cobertura será hasta la edad de ingreso al nivel escolar inicial, es decir hasta los cinco o seis años, según corresponda.