El fallo subrayó que los delitos de esta naturaleza no pueden ser reducidos, morigerados ni beneficiados por indultos.
La Cámara Federal de Casación rechazó el jueves la excarcelación de un represor y el pedido de libertad de otro, ambos condenados por delitos de lesa humanidad cometidos en el centro clandestino de detención que funcionó en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA).
El fallo de mayoría, integrada por los jueces Alejandro Slokar y Ángela Ledesma, subrayó que los delitos de esta naturaleza no pueden ser reducidos, morigerados ni beneficiados por indultos, según los compromisos internacionales que asumió la Argentina en la reforma constitucional de 1994.
El Máximo Tribunal del país revocó la excarcelación concedida a Juan Carlos Fotea y confirmó el rechazo del pedido liberatorio a favor de Juan Antonio Azic, ambos con más de una condena en su contra por graves violaciones a los derechos humanos durante la dictadura. Azic era oficial de inteligencia y Fotea, suboficial de la Policía Federal.
Fotea está condenado en esta causa a 25 años de prisión y pesa sobre él otra pena similar, firme, por “privación ilegítima de la libertad agravada; imposición de tormentos gravado; homicidio agravado; sustracción, retención u ocultación de un menor de diez años de edad”.
Azic, en tanto, está condenado a prisión perpetua, en una condena que aún atraviesa etapas de revisión, por “privación ilegítima de la libertad agravada e imposición de tormentos agravados en perjuicio de tres víctimas”.