Se prohibió la comercialización y distribución de la marca de empanadas Sol Dorado.
La medida fue dispuesta por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica mediante una publicación en el Boletín Oficial en la Disposición 431/2023. Allí se establece la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en las plataformas de venta en línea del producto: “Tapas para empanadas, criolla freír, marca Sol Dorado, Elaborado y distribuido por El Sol Dorado, RNE 02-583732, Hab. Municipal: 4074-2306-2013”.
Esta medida rige para cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios, por estar falsamente rotulado al exhibir en sus rótulos números de registros inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.
Se supo además que las acciones se realizaron a raíz de un reclamo hecho por un consumidor ante el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en relación a la comercialización del producto que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente. Además, se informó que el número de habilitación y expediente es inexistente, y que el producto se encuentra en infracción por carecer de registros de establecimiento y de producto, siendo así un producto ilegal.