Piden información sobre el programa Barrios Seguros
Se trata de un pedido formulado por la diputada de Juntos por el Cambio Mercedes.
Ayer fueron publicados dos nuevos decretos con el fin de paliar la situación económica, en el marco de la pandemia por coronavirus. Las medidas afectan a instituciones crediticias, así como a prestadores de gas, agua, luz o internet.
20/06/2020 - 00:00hs
El Gobierno decidió, a través de dos decretos publicados ayer en el Boletín Oficial de la República Argentina (BORA), prorrogar hasta fin de año el corte de servicios como agua, luz y gas así como las inhabilitaciones de cuentas bancarias hasta fin de año, teniendo en cuenta que una nueva extensión de la cuarentena seguiría generando efectos adversos en la economía argentina.
Cuentas bancarias
Mediante el Decreto 544/2020, se suspendió “hasta el 31 de diciembre de 2020, inclusive”, la obligación de “proceder al cierre de cuentas bancarias y a disponer la inhabilitación” por cheques sin fondo, una medida que había sido contemplada al comienzo de la cuarentena y que había sido prolongada hasta el 30 de junio, inclusive.
De la misma manera, también fue prorrogada la orden a instituciones crediticias para que dejaran de solicitar “a los empleadores, previo al otorgamiento de crédito, una constancia o declaración jurada de que no adeudan suma alguna en concepto de aportes y/o contribuciones, o que, habiéndose acogido a moratoria, se encuentran al día en su cumplimiento.
Entre los motivos mencionados en el BORA, el Gobierno destacó que “la situación económica producida por la pandemia a nivel mundial hace prever que el rechazo de cheques por falta de fondos habrá de incrementarse por efecto de esa situación y no necesariamente por un inadecuado uso del instrumento por parte de los libradores”.
Asimismo, en los considerandos del decreto, firmado por el Presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete Santiago Cafiero, y el ministro de Economía, Martín Guzmán, se destaca que los plazos de ambas medidas podrán ser prolongadas por el Poder Ejecutivo “mientras subsista la situación de emergencia expuesta”.
Suspensión de servicios
Por otro lado, y mediante el Decreto 543/2020 publicado ayer en el BORA, también fue extendida hasta fin de año la suspensión o el corte de los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente; así como también telefonía fija o móvil; internet y televisión por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, en caso de “mora o falta de pago de hasta seis facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1º de marzo de 2020”. Asimismo, las medidas alcanzan también a los usuarios que ya tengan un aviso de corte en curso.
Por otro lado, se estableció que las compañías de telefonía móvil o internet deberán brindar un servicio reducido que garantice la conectividad de aquellas personas que cuenten con un servicio prepago y no puedan abonar, hasta el 28 de junio, inclusive.
Por último, también fue prorrogado por 180 días corridos el artículo 5º de la Ley Nº 27.541, a través del cual el Poder Ejecutivo tiene la posibilidad de mantener las actuales tarifas de gas natural y electricidad bajo jurisdicción federal, además de iniciar los procesos de negociación para la actualización de precios de las mismas.