Se aprobó el nuevo régimen de acceso a divisas para la producción incremental de hidrocarburos.
Fue a través del decreto 277, publicado recientemente en el Boletín Oficial de la Nación.
El régimen anunciado por el Presidente Alberto Fernández al sector privado empresario en la reunión del 24 de mayo pasado busca incentivar el aumento de la producción de petróleo y de gas, flexibilizando el acceso al mercado cambiario a las empresas del sector.
De esta manera, a través del decreto 277/2022 se determinó la creación de un Régimen de Acceso a Divisas para la Producción incremental de Petróleo (Radpip); un Régimen de Acceso a Divisas para la Producción incremental de Gas Natural (Radpign); y un Régimen de Promoción del Empleo, del Trabajo y del Desarrollo de Proveedores Regionales y Nacionales de la Industria Hidrocarburífera (Rpepnih).
La resolución considera que “en el actual contexto económico global, la necesidad de desarrollar activa y aceleradamente las capacidades productivas del sector hidrocarburífero se vuelve aun más relevante, a los efectos de minimizar el impacto del contexto internacional sobre los precios de los hidrocarburos y, con ello, sobre la balanza comercial y las finanzas públicas de la República Argentina”.
Es por esto que la norma de 34 artículos les garantiza a las empresas petroleras la libre disponibilidad de dólares por un equivalente al 20% de la inyección adicional que logren en petróleo y del 30% en los proyectos de gas natural en todas las cuencas, respecto a niveles existentes en 2021.
Además, se obtendrán porcentajes adicionales por la cobertura del mercado interno, la reversión del declino técnico, la producción incremental en pozos de baja productividad, la contratación de empresas locales de servicios especiales y la inversión.
Los beneficiarios tendrán derecho también al acceso al mercado libre de cambios, por un monto equivalente a su VPIB y/o VIIB, según corresponda, valuado a precio de exportación neto de derechos y primas que correspondan.
Este acceso a divisas podrá ser destinado por las empresas al pago de capital e intereses de pasivos comerciales o financieros con el exterior, incluyendo pasivos con empresas vinculadas no residentes, y/o utilidades y dividendos, y/o repatriación de inversiones directas de no residentes.
Este derecho podrá transferirse total o parcialmente a proveedores directos del beneficiario para los mismos fines disponibles para la operadora.
Por su parte, el ministro de Economía, Martín Guzmán, aseguró que el Régimen de Acceso a Divisas para Producción Incremental de Hidrocarburos apunta a “resolver limitantes y cuellos de botella” derivados de los problemas de la Argentina en el sector externo.
El objetivo, con la facilitación del acceso a las divisas, es que las empresas productoras de petróleo y gas tengan garantizado “el acceso a equipos especiales, para que puedan contar con los elementos que se necesitan para producir”, con el propósito de “generar mayor valor agregado con crecimiento federal”.