Gobierno dispuso “recuperación” de predio de la Rural en Palermo

El Gobierno Nacional, dispuso hoy la "recuperación" del predio ferial del barrio porteño de Palermo que el Estado había vendido a la Sociedad Rural Argentina (SRA) en 1991, por considerar que fue ocupado de manera "irregular" y adquirido a "precio vil", informó hoy el jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina.

La medida fue tomada a través del decreto 2552, que revocó lo dispuesto en el 2699/91 por el que se vendió a la SRA ese predio un valor equivalente a 30 millones de dólares, "menos de la mitad del valuado por el Tribunal de Tasación", dijo.

Asimismo, precisó que "los ocupantes del predio" serán notificados mañana de la decisión presidencial.

El decreto presidencial, que aún no está protocolizado, "fue firmado ayer" por la jefa del Estado, aunque la copia entregada a la prensa carece de la rúbrica presidencial.

La norma revoca "por estar afectado de nulidad absoluta el Decreto No. 2699, del 91, así como todos aquellos actos dictados en consecuencia del citado decreto, por adolecer de igual nulidad".

Asimismo, instruye "a la Agencia de Administración de Bienes del Estado" para que "en su carácter de autoridad de aplicación del presente decreto realice todos los actos conducentes a la toma de posesión del inmueble denominado Predio Ferial de Palermo" así como "todos aquellos inherentes a la regularización jurídica, resultante de dicha medida".

Se establece luego que la Agencia, con la "intervención de la Sindicatura General de la Nación determinará las compensaciones que puedan resultar de la revocación dispuesta y adoptará las medidas que en su caso pudieran corresponder".

En un informe ante la prensa pero sin permitir preguntas, Abal Medina justificó la decisión del gobierno en que en 1991 "con el supuesto propósito de poner fin a una situación irregular de ocupación del predio por parte de la Sociedad Rural a través del Decreto 2699 se aprobó su venta, por parte del Estado Nacional".

Pasaron exactamente 21 años de la firma del decreto que autorizó la venta del predio, a este que establece su “recuperación”.