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La decisión quedó formalizada la jornada pasada ante el Tribunal Oral Federal N° 3, tras la “regularización total de las obligaciones tributarias” que eran objeto del debate.
10/09/2021 - 00:00hs
La decisión de la AFIP de desistir de su rol de querellante y retirar la acusación penal y civil contra los empresarios Cristóbal López y Fabián de Sousa por supuesta defraudación en su empresa “Oil Combustibles” quedó formalizada hoy ante el Tribunal Oral Federal N° 3, tras la “regularización total de las obligaciones tributarias” que eran objeto del debate.
Al inicio de la audiencia prevista para el comienzo del alegato final del organismo se leyeron los escritos de desistimiento de la acción civil y de la acusación penal presentados en la tarde de ayer ante el Tribunal que juzga a los dos empresarios y al extitular de la AFIP Ricardo Echegaray.
Ante esto, se dispuso un cuarto intermedio hasta el próximo jueves 23 de septiembre a las 10, fecha en que está previsto el inicio del alegato final de la fiscalía a cargo de Juan García Elorrio.
Tras la lectura de los escritos de desistimiento, el juez del TOF 3 Fernando Machado Pelloni informó que el Tribunal “tiene presente” lo expuesto por AFIP, que de esta manera no concretó su alegato final.
“Se ha producido la regularización total de las obligaciones tributarias objeto” del juicio oral mediante la adhesión a un plan de pagos, por lo cual “el objeto principal de la demanda civil devino abstracto”, consignaron en uno de los escritos los abogados de AFIP Fabricio Lanzillota y Silvina Torres.
En otra presentación informaron la decisión “por orden de su mandante”, la actual titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, de desistir también de la acusación penal hecha por “la entonces conducción del organismo” en 2016.
La AFIP pidió que no se le impongan las costas del juicio por haber desistido de la acción al entender que hubo “hechos nuevos acaecidos con posterioridad al inicio de la demanda” y en base a la sanción de la Ley 27.541 en 2020, que derivó en la adhesión al plan de pagos por parte de la empresa.
Los letrados aludieron a una “excepcionalidad manifiesta basada en nuevos hechos” que llevaron a “desistir de la acción penal en las presentes actuaciones por orden de nuestro mandante”.
El organismo explicó que quedó “regularizada la deuda” que se reclamaba a través de la adhesión a un plan de pagos de 97 cuotas por aproximadamente 12.000 millones de pesos.
El primer pago a cuenta del plan se concretó el 7 de septiembre de 2021, según detallaron.
El juicio a los dueños de Oil Combustibles y a Echegaray comenzó el 13 de junio de 2019 tras una investigación en la que fueron procesados por presuntos delitos en el otorgamiento de facilidades de pago en relación al impuesto a la transferencia de combustibles líquidos, en una deuda de períodos fiscales comprendidos entre mayo de 2013 y agosto de 2015.
El debate estuvo suspendido cinco meses por la pandemia de Covid-19 y se reanudó de manera virtual en agosto de 2020.
El Tribunal está integrado por los jueces Fernando Machado Pelloni, Javier Ríos y Andrés Basso.
Echegaray está procesado como supuesto coautor, mientras que López y De Sousa como partícipes necesarios, del delito de defraudación por administración fraudulenta agravada por haber sido cometida en perjuicio de la administración pública.