La Corte Suprema suspendió la feria judicial de julio
La Corte Suprema de Justicia de la Nación suspendió la feria judicial de invierno por la pandemia de coronavirus en los tribunales de todo el país. Sin embargo, la feria judicial extraordinaria continúa.
La Corte Suprema de Justicia dispuso hoy suspender la feria judicial del mes de julio para todos los tribunales nacionales y federales, por la crisis sanitaria derivada de la pandemia de coronavirus.
A través de la acordada 21 conocida hoy, el máximo tribunal resolvió suspender la feria de invierno de "forma excepcional" para todos los tribunales y sostuvo que "es necesario redoblar los esfuerzos para afrontar las particulares circunstancias de este tiempo”.
Por otro lado, a través de la acordada 20, resolvió terminar con la feria extraordinaria en algunos tribunales de los distritos de Tucumán, Salta, Mendoza, Resistencia, Rosario y General Roca, en la tercera decisión administrativa del supremo tribunal que reactiva la actividad judicial en el interior del país.
Según la acordada 20/2020, firmada electrónicamente hoy por los cinco miembros del tribunal, se dispuso la vuelta plena a la actividad, a partir del lunes próximo, del Tribunal Oral en los Criminal Federal de Santiago del Estero, en la jurisdicción Tucumán, y la reapertura de la Cámara Federal de Apelaciones, los juzgados federales 1 y 2; el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2, más el juzgado federal de Tartagal, todos correspondientes a la jurisdicción que abarca la provincia de Salta.
En el área judicial de Resistencia, Chaco, se dispuso la apertura del Juzgado Federal de Presidencia Roque Sáenz Peña; mientras que en Rosario, se resolvió que vuelvan a funcionar la Cámara Federal de Apelaciones, todos los juzgados federales de la jurisdicción y los tribunales orales federales 1, 2 y 3.
En cuanto a Mendoza, se habilitó el funcionamiento de los tribunales orales federales 1 y 2 y para la jurisdicción de General Roca se abrirán el juzgado federal de Zapala y los juzgados federales 1 y 2 de Neuquén capital.
La decisión de la Corte abarcó a distritos en donde el coronavirus tiene nula o muy restringida circulación y los ministros aclararon en la acordada que le medida regirá sujeta al criterio de las autoridades judiciales de esos distritos para retornar a la feria extraordinaria si hubiera "razones epidemiológicas y sanitarias".
Como aclaración de rigor, la Corte recordó en el escrito que se deben respetar "las medidas preventivas establecidas por las autoridades nacionales, provinciales y por esta Corte", establecidas en acordadas previas.
El 2 de junio pasado, la Corte levantó la feria en algunos juzgados de los distritos de Corrientes, Tucumán, Mendoza, San Luis, San Juan, Córdoba, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego; y en una decisión similar, firmada el 11 de este mes, estableció aperturas en los distritos de Comodoro Rivadavia, Mendoza, Bahía Blanca, Córdoba, Tucumán y Rosario.