La Justicia volvió a rechazar el pedido de CFK de apartar a la jueza Capuchetti
La Cámara Federal porteña decidió no darle lugar a la última solicitud presentada por los abogados de la vicepresidenta de la Nación.
La Cámara Federal porteña decidió no darle lugar a la última solicitud presentada por los abogados de la vicepresidenta de la Nación.
07/02/2023 - 00:00hs
En el marco de la investigación por el intento de magnicidio contra la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, la Cámara Federal porteña tomó ayer la decisión de rechazar el pedido de recusación de la jueza María Eugenia Capuchetti presentado por los magistrados que defienden a la líder del peronismo.
Cabe recordar que el petitorio había sido oficializado el pasado 9 de enero, y quien se encargó de hacerlo público fue la propia exmandataria, quién aseguró que la magistrada tiene una “dependencia” del Ministerio de Justicia y Seguridad porteño.
“Anoche se presentó recusación contra la jueza Capuchetti por su dependencia con el Ministerio de Seguridad de CABA, el mismo que cercó mi casa con vallas e hizo inteligencia en mi domicilio antes y después del atentado”, había manifestado Cristina en un posteo publicado en sus redes sociales.
En ese marco, entre los fundamentos,expuestos por José Manuel Ubeira y Marcos Aldazabal, se señaló que la magistrada tiene un “trabajo rentado en el Instituto Superior de Seguridad Pública (ISP) de CABA”, y que “cobra un sueldo del organismo desde el año 2014”.
Pese a esta nueva exposición, el juez Leopoldo Bruglia optó por mantener a la jueza al frente de la investigación del intento de asesinato que sufrió Cristina Fernández de Kirchner el pasado 1° de septiembre en la puerta de su casa.
De esta manera, el magistrado aseveró que no se probó que “la actividad académica enunciada pueda determinar un interés en el resultado de este proceso por parte de la Dra. Capuchetti y/o provocar un temor de parcialidad que amerite su apartamiento”.
“El ejercicio de la docencia o la participación en trabajos de investigación como los descriptos -en principio- no se encuentran vedados para los magistrados y, en caso de verificarse alguna falencia administrativa y/o irregularidades en el contexto de posibles incompatibilidades genéricas, su tratamiento resulta extraño al instituto invocado y debería ser canalizado por demás vías administrativas específicas”, concluyó Bruglia.