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En exclusiva con diario Hoy, el exjuez platense Luis Arias criticó el nuevo decreto que reforma la fuerza de seguridad y citó un histórico fallo suyo de 2008.
19/06/2025 - 00:00hs
El decreto 385/2025, por el cual se reestructura la Policía Federal Argentina (PFA), generó una amplio rechazo de organismos de derechos humanos y dirigentes sociales.
En concreto, según explicaron Javier Milei y Patricia Bullrich en un acto realizado este martes, la resolución modifica la Ley Orgánica de la Policía Federal (21.965) y crea el Departamento Federal de Investigaciones (DFI) al interior de la PFA.
Críticas al decreto
Victoria Darraidou, coordinadora en el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), denunció que con las nuevas atribuciones a la PFA se profundiza su discrecionalidad para realizar detenciones y requisas sin autorización de orden judicial.
En este sentido, diario Hoy dialogó con el exjuez de La Plata, Luis Arias, quien reflexionó: “Con el nuevo decreto, la PFA tiene facultades de detener sin motivo a una persona con el pretexto de averiguación de identidad o antecedentes, algo que es totalmente innecesario. Tanto los antecedentes como la identidad se pueden saber a través de sistemas informáticos que toman la huella digital”.
De esta manera, siguiendo con su planteo, “se viola el principio jurídico de la razonabilidad, que establece adecuar los medios a los fines”. “La detención en este caso es un medio innecesario para alcanzar la identificación de una persona, que se puede llegar sin quitarle la libertad”.
Por otro lado, tanto Darraidou como Arias cuestionaron que el Gobierno nacional avanzó con estas modificaciones por decreto: “Si bien la Policía Federal depende del Ejecutivo nacional, los cambios afectan derechos de personas, por lo que invaden facultades del Congreso”, explicó el exjuez.
Fallo ejemplar de Arias
En octubre de 2008, Luis Arias, por entonces titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 de La Plata, hizo lugar a una acción de hábeas corpus colectivo presentada por el defensor oficial Julián Axat, y dictó una sentencia clave en materia de derechos humanos de niños, niñas y adolescentes. El fallo declara inconstitucionales las detenciones policiales de menores por motivos contravencionales y averiguación de identidad.
Axat había denunciado la existencia de prácticas policiales arbitrarias y sin control judicial, entre ellas detenciones bajo figuras como contravenciones, averiguación de identidad y “entrega de menor”, sin intervención del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil ni comunicación con los organismos de protección.
Al hacer lugar al hábeas corpus colectivo, Arias declaró inconstitucional la aplicación del Decreto-Ley 8.031/73 y el art. 15 de la Ley 13.482 en lo que refiere a menores de 18 años y ordenó al Ministerio de Seguridad bonaerense a instruir a las fuerzas policiales a abstenerse de detener menores. Además, el fallo exige al Estado adecuarse a la Convención sobre los Derechos del Niño.
En aquel entonces, Arias declaró la existencia de un sistema punitivo paralelo, informal y policial, ajeno al control judicial, y ordenó su inmediato desmantelamiento para garantizar que los derechos de los menores sean plenamente.