La Cámara Nacional en lo Comercial rechazó el recurso que había interpuesto la Procuración del Tesoro contra el fallo que suspendió el trámite de la quiebra del Correo Argentino de la familia Macri.
Ayer la sala B del Tribunal de Apelaciones rechazó el planteo de “revocatoria y nulidad” de esa resolución que había presentado este jueves la Procuración del Tesoro. Por lo tanto, se negó a dejar sin efecto la suspensión del trámite de quiebra de la empresa que tiene como accionista a Socma Americana SA de la familia del expresidente Mauricio Macri.
La suspensión del trámite de la causa
La misma Cámara Nacional en lo Comercial había resuelto el 4 de mayo suspender el trámite de la causa, hasta que la Corte Suprema de Justicia defina un conflicto de competencia y la constitucionalidad de la intervención del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires como instancia de apelación.
Dos integrantes de la sala B de la Cámara, Matilde Ballerini y María Elena Uzal, hicieron lugar a un planteo de Socma en ese sentido y, “a fin de evitar ulteriores nulidades”, tomaron esa decisión en la causa que se lleva en el Juzgado en lo Comercial de primera instancia n°6.
Al cuestionar la resolución, la Procuración del Tesoro, comandada por Carlos Zannini, sostuvo que “hiere el más elemental sentido de justicia permitir que la fallida continúe alongando un proceso que lleva ya más de 20 años, en base a artilugios que no son más que herramientas dilatorias que solo prosperan a consecuencia de ilegítimas decisiones judiciales que en base a inverosímiles conjeturas acceden a los maliciosos planteos de la fallida y sus socios estratégicos”.
Los argumentos de la Cámara
“La resolución cuenta con fundamentos suficientes y coincidentes entre los vocales que expresan la mayoría”, argumentó la Cámara en el rechazo del planteo.
Las juezas sostuvieron que “la cuestión que le fue sometida a su conocimiento analizando en detalle los antecedentes del expediente vinculados con la materia en debate” y agregaron que “no procede la admisión del remedio pretendido por la recurrente, en tanto no se acreditó la existencia de un error de hecho grosero, esencial e irreparable, y el planteo se sustenta en su disconformidad con la resolución adoptada en la causa, pretendiendo reexaminar sus fundamentos”.
Cuando la Procuración hizo el planteo de “nulidad” sostuvo que la suspensión del trámite de concurso preventivo “no es más que un nuevo artilugio dilatorio, uno más de tantos de los que dan cuenta este proceso y otros que guardan relación”. Zannini reclamó a la Cámara que declare nula esa decisión y la revoque por “falta de mayoría”.
“Lejos de contribuir a una solución ajustada a derecho, el fallo recurrido es una pieza más para que este proceso supere todos los récords de demora”, se advirtió en el escrito, en el que se hizo reserva de recurrir a la Corte Suprema.