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Así lo señaló el presidente de la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.
Un juez de feria dictaminó que “no puede tenerse por acreditada la verosimilitud del derecho invocada” por Telecom, requisito indispensable para proceder con una medida de esas características.
30/01/2021 - 00:00hs
La Justicia rechazó ayer un planteo de Telecom para suspender la vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que declaró servicios públicos esenciales y estratégicos a la telefonía móvil y fija, internet y TV por cable y estableció una prestación básica universal y obligatoria.
La decisión fue del juez en lo Contencioso Administrativo Federal Walter Lara Correa, quien se negó a dictar una medida cautelar contra la entrada en vigencia de esta norma y resoluciones vinculadas con los aumentos de tarifa.
“Habiendo sido ratificado el reglamento cuestionado por la Cámara alta, no puede tenerse por acreditada la verosimilitud del derecho invocada por la accionante”, concluyó el juez en relación con el Decreto de Necesidad y Urgencia n° 690.
En el fallo se refirió así a la resolución 95/2020, por medio de la cual el Senado de la Nación determinó la validez del decreto.
El magistrado descartó además la existencia de “peligro en la demora” invocado por la compañía de telecomunicaciones, uno de los requisitos para dictar este tipo de medidas previas a la sentencia definitiva en una demanda.
Telecom, “más allá de sus manifestaciones, no estimó cuál es la incidencia económica concreta que el congelamiento de precios, los aumentos fijados o el valor del Servicio Básico Obligatorio producen en su economía”, analizó el fallo, que podrá ser apelado ante la Cámara Contencioso Administrativa Federal.
La empresa “no ha explicado concretamente” cómo la norma afectaría “el estado de sus finanzas”, agregó.
El DNU fue dictado “en oportunidad que se encontraba vigente el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, es decir, en un contexto donde la única forma de conexión interpersonal era a través de las TIC”, y en el marco “de crisis sanitaria y social” por la pandemia de coronavirus, remarcó la sentencia de primera instancia.
Tanto el decreto como dos resoluciones del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), también cuestionadas por Telecom, las 1.466 y 1.467, “fueron dictadas en el marco de la pandemia del SARS-CoV-2 que produjo una crisis mundial, que afectó a todos los ciudadanos. Por ello, la finalidad del régimen mencionado es la protección del ejercicio de publicar ideas, de profesar libremente el culto, de enseñar y aprender, conectar, comunicar –entre otros derechos–, es decir, garantizar los derechos humanos”.
Telecom había pedido dictar una medida cautelar contra el Poder Ejecutivo Nacional y el Enacom para suspender la aplicación de los artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del Decreto de Necesidad y Urgencia nº 690/20.
El oficialismo apoya la decisión
El rechazo judicial al pedido de la empresa Telecom para suspender la vigencia del DNU que declaró servicios públicos esenciales a la telefonía, internet y TV por cable fue leído dentro del oficialismo como una “validación” a la decisión gubernamental de “asegurar el derecho a la conectividad de los argentinos”.
En ese sentido coincidieron la secretaria de Innovación Pública, Micaela Sánchez Malcolm, el vicepresidente del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), Gustavo López, y el diputado del Frente de Todos por Córdoba Pablo Carro.
La empresa del Grupo Clarín se había presentado ante la Justicia para objetar la constitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia 690, firmado por el Presidente Alberto Fernández.
El diputado Pablo Carro afirmó que “las decisiones administrativas del Estado se tienen que cumplir. Podés cuestionarlas judicialmente, pero las tenés que cumplir”.
Al momento de analizar el fallo, Sánchez Malcolm estimó que se trata de “una validación a la decisión de preservar el acceso de la ciudadanía por parte del Ejecutivo”.
“Lo que hace esto es cerrar un ciclo, diciéndoles que el decreto y las resoluciones están vigentes y hay que cumplir”, explicó por su parte el funcionario del Enacom Gustavo López.