Reclaman la inconstitucionalidad a la reforma que limitas excarcelaciones en la provincia

Organismos de derechos humanos y defensores públicos solicitaron hoy a la Suprema Corte de Justicia bonaerense la declaración de inconstitucionalidad de la ley que reformó el sistema de excarcelaciones en casos de portación ilegítima de armas de fuego, aprobada el 13 de diciembre pasado. A su vez, pidieron al tribunal que suspenda sus efectos hasta tanto se resuelva la discusión constitucional.

Frente a la grave situación que atraviesa la provincia en materia de inseguridad, sin un horizonte claro y con políticas que distan bastante de salidas contundentes que atienda a esta problemática como un fenómeno social, el gobierno de Scioli dispuso de una reforma que prohíbe las excarcelaciones a aquellos que porten armas de fuego de manera ilegítima.

Desde diferentes organizaciones de derechos humanos y políticas, reclaman por la inconstitucionalidad de esta medida y piden, se eche atrás con esta iniciativa que no vulnera las estructuras delictivas de fondo y que sólo busca que “perejiles” individuales paguen los platos rotos de una problemática social que afecta duramente la región y gran parte del país.

Reclaman la inconstitucionalidad de la reforma

La Comisión por la Memoria, el Centro de Estudios Jurídicos y Legales (CELS), el Colectivo de Investigación de Acción Jurídica (CIAJ), Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos Humanos (CEPOC) y defensores públicos cuestionaron la reforma por "violar la Constitución provincial y los estándares nacionales e internacionales de derechos humanos".

La ley fue promovida por el gobernador Daniel Scioli con el argumento de que permitirá controlar la circulación de armas de fuego y, como consecuencia, reducir los delitos más violentos.

"La Corte Suprema de Justicia de la Nación y la Corte Interamericana de Derechos Humanos han afirmado en reiteradas oportunidades que no pueden existir delitos no excarcelables porque eso implica atribuirse funciones judiciales. La única posibilidad de privar de libertad a una persona sin condena es por la acreditación judicial de peligro de fuga o entorpecimiento de las investigaciones", recordaron.

"A su vez, esta norma tal como fue sancionada, resulta violatoria de los principios de igualdad y de prohibición de irretroactividad de la ley penal", indicaron los organismos.

Reiteraron que "los problemas de constitucionalidad de la nueva ley son síntoma de una política de seguridad que apuesta a la demagogia punitiva".

"Nuevamente, el poder político procura responder a las demandas sociales de seguridad con el endurecimiento del sistema penal. Bajo estos mismos argumentos, en los últimos años se impulsaron más de treinta reformas procesales con pobres resultados en materia de prevención y reducción de la violencia", recordaron.