Vetan beneficio para excombatientes de Malvinas

El Gobierno nacional oficializó ayer la creación del régimen previsional de carácter excepcional para excombatientes de Malvinas con la publicación de la Ley 27.329 en el Boletín Oficial, pero mediante un decreto excluyó el piso de dos jubilaciones mínimas que había establecido la iniciativa sancionada en noviembre pasado por el Congreso Nacional, lo cual disparó el repudio de quienes participaron del conflicto militar en el Atlántico Sur.

El régimen abarca a los soldados que participaron de las acciones bélicas desarrolladas entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982 en el Teatro de Operaciones Malvinas (TOM) y a quienes entraron en efectivas acciones de combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS), además de los civiles que se encontraban cumpliendo funciones de servicio o de apoyo.

La norma, primero tratada en Diputados y luego aprobada por unanimidad en el Senado el pasado 16 de noviembre, establece además que tendrán derecho “a la prestación básica universal, la prestación compensatoria y la prestación adicional por permanencia” los exsoldados que acrediten su condición así como el haber cumplido 53 años de edad al momento de solicitar el beneficio. Para eso, deberán acreditar 10 años de aportes previsionales en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). 

Sin embargo, mediante el decreto 1.250/2016, también publicado este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno vetó parcialmente la ley, al observar el artículo 3 que establecía que “en ningún caso el haber resultante podrá ser menor que el equivalente a dos jubilaciones mínimas del SIPA”.