Se habilitó la compra de dólares para pagar importaciones en origen
La disposición del Banco Central forma parte de las medidas de acceso al Mercado Único y Libre de Cambios.
El Banco Central (BCRA) dispuso hoy que las empresas podrán acceder a la compra de dólares en el mercado oficial de cambios para pagar importaciones a partir del momento del despacho del embarque en el puerto de origen.
La medida fue adoptada en la reunión de Directorio del BCRA y forma parte de las medidas de acceso al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) implementadas vía Comunicación A 7030, cuya vigencia se extenderá hasta el 31 de julio, informó el Central en un comunicado.
De esta forma, estarán habilitadas a comprar dólares las empresas que importen bienes correspondientes a operaciones que se embarquen a partir del primero de julio o que, habiendo sido embarcadas con anterioridad, no hubieran arribado al país antes de esa fecha.
De tal manera, el Banco Central liberó el acceso al mercado oficial de cambio para el pago destinado a la importación de medicamentos críticos, la compra de kits para la detección del coronavirus Covid-19, insumos para la producción local de medicamentos y el pago de importaciones en la medida que el monto no supere el equivalente a US$ 1.000.000.
También decidió incrementar al equivalente a US$ 3.000.000 el tope de importaciones cuando se trate de la provisión de medicamentos u otros bienes relacionados con la atención médica o insumos necesarios para la elaboración local de los mismos.
Las medidas de flexibilización de acceso al MULC se pusieron en marcha hace dos semanas, cuando el Central decidió simplificar los requisitos para no afectar la importación de bienes críticos o intermedios que se utilizan en la producción de bienes finales en el país.
Fue una respuesta a los pedidos que representantes del campo y de la industria le hicieron al directorio del Banco Central, luego de los requisitos implementados para la adquisición de dólares a través de la circular A 7030 dificultaran la importación de bienes indispensables para la actividad productiva, según manifestaron ambos sectores.
La circular A 7030 -emitida el 28 de mayo- prohíbe la compra de dólar mayorista a empresas que tengan dólares en efectivo o depositados en el exterior, así como a las que hayan realizado operaciones de compra venta de dólares a través del mercado bursátil (contado con liquidación y dólar MEP) en los últimos 90 días.
Para no interferir en la dinámica productiva el Central decidió dejar afuera del concepto de Formación de Activos Externos líquidos un saldo de libre disponibilidad por US$ 100.000, así como los fondos de reserva o de garantía por endeudamiento u operaciones en el exterior que no pudieran ser liquidados.
También eximió de esa calificación a los saldos originados por el cobro de exportaciones de bienes y/o servicios para los cuales no hayan transcurrido el plazo de cinco días hábiles desde su percepción.