El Gobierno comenzó a reglamentar la reforma previsional
El Gobierno comenzó a reglamentar la reforma previsional y puso en vigencia varios de los cambios previstos en la ley, incluyendo el que prohíbe a las empresas intimar a jubilarse a los mayores de 65 años
Por otro lado, los beneficios previsionales de quienes perciben reajustes dispuestos por el Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados, “estarán alcanzados por la movilidad trimestral establecida por el artículo 32 de la Ley n° 24.241 y sus modificatorias”, según indica la reglamentación del primer artículo del decreto de reforma previsional publicada ayer en el Boletín Oficial.
La reglamentación faculta a la Anses a “fijar los importes mínimos y máximos de la remuneración imponible, como así también el monto mínimo y máximo de los haberes mensuales de las prestaciones pertenecientes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), en concordancia con el índice de movilidad que se fije trimestralmente a partir del 1º de marzo de 2018”.
Asimismo, puntualizó que la Anses “determinará el valor mensual de la Prestación Básica Universal y de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, que regirán a partir del 1º de marzo de 2018, y sucesivamente, los valores que correspondan en forma trimestral según la variación del índice de movilidad establecido”.
También indicó que la Anses “actualizará los montos de las asignaciones familiares y los rangos de ingresos del grupo familiar que determinan el cobro a partir del 1º de marzo de 2018, aplicando la movilidad”.
En otro orden, se fijó la incompatibilidad de la Pensión Universal para el Adulto Mayor con quienes sean beneficiarios de jubilación, pensión o retiro, de carácter contributivo o no contributivo.