El Gobierno definió por decreto el salario mínimo, vital y móvil
Ante la falta de acuerdo entre los gremios y las cámaras empresariales, el Ejecutivo estableció aumentos escalonados durante los próximos cuatro meses.
Luego de no llegar a un acuerdo entre las cámaras empresarias y los sindicatos sobre el nuevo valor del salario mínimo, vital y móvil (SMVM), el gobierno de Javier Milei definió por decreto el monto que regirá durante los próximos cuatro meses.
Cabe recordar que, la propuesta de las cámaras empresariales consistía en un aumento escalonado que llevaría el SMVM de $278.000 a $295.000 en marzo de 2025. Por su parte, los sindicatos, incluyendo a la Confederación General del Trabajo (CGT) y las dos Central de Trabajadores de la Argentina (CTA), exigían un monto inicial de $572.000
Ante la falta de acuerdo, el Ejecutivo publicó la resolución donde definió el nuevo valor del SMVM para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Lay N° 20.744.
Los nuevos valores
A través de la Resolución 17/2024, el gobierno de Milei dispuso subas escalonadas que totalizarán un aumento del 5,5%, el cual se verá reflejado recién en marzo próximo.
En el primer artículo del documento publicado, se indica que, a partir del 1 de diciembre de 2024, el monto quedará fijado en doscientos setenta y nueve mil setecientos dieciocho pesos ($279.718) para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo
A partir del 1 de enero de 2025, el monto del SMVM llegará a doscientos ochenta y seis mil setecientos once pesos ($286.711).
Para febrero, esa cifra aumentará a doscientos noventa y dos mil cuatrocientos cuarenta y seis pesos ($292.446), y el 1 de marzo, el SMVM para los mensualizados alcanzará los doscientos noventa y seis mil ochocientos treinta y dos pesos ($296.832).
El nuevo SMVM regirá para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley Nº 20.744.
Por otra parte, en la resolución se aclaró que en el caso de los trabajadores jornalizados, también tendrán un incremento y “percibirán en su debida proporción”. De esta forma, en diciembre tendrán un aumento de mil trescientos noventa y nueve pesos ($1.399) por hora. Luego, en enero, el valor será de mil cuatrocientos treinta y cuatro pesos ($1.434), en febrero mil cuatrocientos sesenta y dos pesos ($1.462), y para marzo el valor será de mil cuatrocientos ochenta y cuarto pesos ($1.484) pesos por hora.
En el artículo 2 del documento, se dispuso que la Prestación por Desempleo destinada a los trabajadores convencionados o no convencionados "será equivalente a un setenta y cinto por ciento (75%) del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los seis (6) meses anteriores al cese del contrato de trabajo que dio lugar a la situación de desempleo". Y se remarcó que "en ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al cincuenta por ciento (50%) del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente, ni superior al cien por ciento (100%) del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente".
De esta manera, el Gobierno decidió unilateralmente el incremento del SMVM en línea a la propuesta presentada por las cámaras empresarias y muy lejos de las pretensiones de los representantes de los trabajadores.