El Gobierno presentó el Departamento Federal de Investigaciones

El Presidente Javier Milei y la ministra de Seguridad Patricia Bullrich anunciaron una reforma que amplía el poder policial mediante polémicas atribuciones.

Política

18/06/2025 - 00:00hs

El Gobierno nacional oficializó este martes el nuevo Estatuto de la Policía Federal Argentina (PFA) a través del Decreto 383/2025. Con el argumento de avanzar hacia una fuerza “ágil, inteligente y profesional”, el Presidente Javier Milei y la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, lanzaron un ambicioso proceso de reforma institucional que redefine la misión de la fuerza y centraliza su labor en la investigación de delitos federales y complejos. El anuncio fue realizado en la sede del Cuerpo de Policía Montada, bajo el lema: “Hacia una PFA moderna y orientada a la investigación”.

La medida implica un retiro de la PFA de sus tradicionales tareas de patrullaje urbano, especialmente dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la creación de un Programa Presupuestario de Modernización que se financiará, entre otras vías, con una merma en el ingreso de nuevos suboficiales. Pero lo que se presenta como una profesionalización con estándares internacionales también deja a la vista atribuciones que rozan los límites del control institucional.

Espionaje sin controles

En el documento publicado, la “modernización” se traduce en funciones que habilitan a la fuerza a realizar actividades que, hasta ahora, estaban reservadas a los organismos de inteligencia. En particular, el artículo 6º del anexo autoriza a la PFA a efectuar “análisis criminal, de políticas de seguridad y de operatoria policial”, actividades que, según el texto, no estarán alcanzadas por las restricciones “salvo disposición expresa de la autoridad competente”.

En otras palabras, se abre una ventana para que la policía federal realice tareas de inteligencia sin los controles ni los límites que la legislación vigente impone al espionaje estatal. A esto se suma la posibilidad de acceder a bases de datos públicas y privadas “de manera justificada”, lo cual genera interrogantes sobre los mecanismos de supervisión y la protección de datos personales.

Por otra parte, el nuevo estatuto también contempla medidas controvertidas en el plano de las detenciones. Aunque se reitera la necesidad de orden judicial, se habilita a los agentes a detener preventivamente a personas que “no acrediten fehacientemente su identidad” y que puedan ser sospechosas de haber cometido o estar por cometer un delito. Esta figura habilita detenciones sin delito comprobado y ha sido criticada por organismos de derechos humanos por su potencial uso arbitrario.

Por último, se faculta a la fuerza a realizar tareas de vigilancia en “espacios públicos digitales”, como redes sociales o sitios web, sin necesidad de una orden judicial. Aunque se aclara que solo se podrán intervenir “redes abiertas” y conforme a pautas que determine la autoridad competente, la falta de supervisión judicial vuelve a encender alertas sobre la legalidad y los alcances de este monitoreo digital.

En un contexto de creciente concentración de poder en el Ejecutivo y debilitamiento de los mecanismos de control institucional, la ampliación de facultades policiales en tareas de inteligencia plantea más preguntas que respuestas.

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