El Gobierno denunció penalmente a Marcelo D’Alessandro
El funcionario porteño está acusado por presuntos delitos de incumplimiento de deberes de funcionario público, cohecho y peculado, entre otros
Luego de una polémica generada en la comuna, el municipio confirmó que “queda prohibido conducir con un grado de alcohol en sangre superior a 0 mg u otras sustancias que disminuyan la capacidad”
07/01/2023 - 00:00hs
El municipio de Bahía Blanca informó a través de las redes sociales que la Ley de Alcohol Cero ya es de efectiva aplicación en el distrito. “Queda prohibido conducir con un grado de alcohol en sangre superior a 0 mg u otras sustancias que disminuyan la capacidad”, señala la comunicación a través de Twitter, luego que la ley fuera reglamentada por el gobierno bonaerense.
Cabe recordar que días atrás se generó una impensada polémica entre el municipio a cargo de Héctor Gay, del PRO, y el gobierno de la provincia de Buenos Aires.
El Ministerio de Transporte había informado que a partir del primer minuto de 2023 se ponía en vigencia la modificación en el Código de Tránsito, que ya no permite el consumo de alcohol para manejar, y deja sin efecto el límite de 0,5 para automovilistas y de 0,2 para motociclistas.
Sin embargo, en Bahía el municipio aguardaba que la ley quedara reglamentada a partir de su publicación en el Boletín Oficial. En ese momento, según el ministro bonaerense Jorge D’Onofrio, la ley es autosuficiente y, pasados diez días de su aprobación, tiene promulgación tácita. “Los municipios tienen que aplicarla porque es una ley de orden público, no requiere reglamentación”, explicó.
Sin embargo, el director de Ordenamiento Urbano de Bahía Blanca, Martín Moyano, insistió en ese momento que debe figurar en el Boletín Oficial para poder empezar a aplicarla. Ahora, con la normativa finalmente publicada, la comuna bahiense informó que ya se encuentra vigente.
Cabe recordar que, ante las infracciones, la ley establece sanciones de cumplimiento efectivo y que no podrán ser aplicadas con carácter condicional ni en suspenso. En ese marco, el texto de la reglamentación de la norma establece cinco castigos posibles: arresto; inhabilitación para conducir vehículos o determinada categoría de ellos; multa; concurrencia a cursos especiales de educación; y capacitación para el correcto uso de la vía pública.