Las empresas de energía deberán corregir los errores de medición

Una circular interna busca beneficiar a los usuarios que hayan recibido facturas con recategorizaciones o estimaciones de consumo equivocadas.

El Organismo de Control de Energía Eléctrica de la provincia de Buenos Aires (Oceba) informó a las distribuidoras provinciales y municipales bajo su jurisdicción que, en el contexto de la emergencia sanitaria como consecuencia de la Covid-19, deberán revisar la facturación de modo tal que el usuario no sufra una recategorización o lectura de medición errónea que lo perjudique.

La información se realizó a través de una circular del organismo, que depende de la Subsecretaría de Energía de la provincia de Buenos Aires, dirigida a las cuatro distribuidoras –Edelap, EDEA, EDES y EDEN– y a las cooperativas municipales de energía eléctrica. El objetivo es que los usuarios no sean perjudicados con recategorizaciones o estimaciones de consumo equivocadas.

En ese sentido, el texto marca que “los distribuidores que hayan afectado el proceso normal de lectura debido a la emergencia sanitaria y lo previsto en la circular Oceba n° 2/2020, de forma total o parcial, generando de esta manera una facturación con consumos estimados”, deberán realizar los ajustes correspondientes, ya sea con débitos o créditos, de la manera que en la circular se marca.

En ese sentido, el presidente del Organismo de Control de la Energía Eléctrica, Marcelo Juiz, manifestó que “esta nueva circular viene a allanar el camino para generar una norma clara y precisa a las distribuidoras de cómo proceder para readecuar la facturación real a favor de los usuarios a los que se les venía estimando el consumo”.

“Esta medida busca resolver el problema de la facturación en aquellos usuarios que han sido subestimados en sus consumos y ahora les representa un esfuerzo económico financiero muy grande abonar la factura real”, expresó Juiz.

Finalmente, el presidente del Oceba destacó que “también se
tienen en cuenta los consumos medios históricos de cada usuario para que los mismos no sean recategorizados en escalas superiores a las que les corresponde por cuadro tarifario”.

 

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