Lázaro Báez sobreseído por la Ley de Inocencia Fiscal

El nuevo esquema impulsado por el Gobierno nacional cambió el rumbo de la causa y benefició al empresario y a su familia.

La entrada en vigencia de la Ley de Inocencia Fiscal modificó el escenario judicial del empresario Lázaro Báez y su entorno en una causa por evasión. El Tribunal Oral en lo Penal Económico N° 3 dictó el sobreseimiento parcial del empresario, sus hijos y otros imputados, al aplicar los nuevos criterios establecidos por la normativa impulsada durante la actual gestión.

El expediente analizaba deudas vinculadas al Impuesto al Valor Agregado, al Impuesto a las Ganancias y a otras obligaciones tributarias correspondientes a los años entre 2010 y 2014, en el marco de la actividad de Austral Construcciones. Con la actualización de los montos, la evasión simple quedó configurada a partir de cifras superiores a los 100 millones de pesos por tributo y por ejercicio anual.

A partir de ese cambio, la defensa planteó que correspondía aplicar la nueva ley, lo que habilitaba el cierre parcial del proceso. El argumento se sostuvo en el principio de retroactividad de la norma, que obliga a los tribunales a revisar las imputaciones cuando los parámetros legales se modifican.

Ante este escenario, el tribunal resolvió aplicar el principio de la ley penal más benigna. En ese marco, dictó sobreseimientos para varios períodos y mantuvo abierta la investigación únicamente por el ejercicio 2012, donde las cifras superan el límite fijado.

De esta manera, la causa continúa de forma acotada, mientras que el resto de los hechos quedó fuera del proceso a partir del nuevo encuadre legal, el cual redefine los parámetros de responsabilidad tributaria y marca un precedente.

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